Luis Prados Ramos
Notario

EL IMPUESTO DE SUCESIONES EN CATALUNYA

EL IMPUESTO DE SUCESIONES EN CATALUNYA

El marco general del impuesto de sucesiones y donaciones en Catalunya, deriva de la Ley 19/2010. Sin embargo, como la ley 2/2014 de 27 de enero de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, en su artículo 122 modificó  varios de los preceptos de la Ley 19/2010 de regulación del impuesto de sucesiones, en la  en la actualidad tenemos dos marcos normativos en Catalunya:

Para los fallecimientos ocurridos entre el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de enero de 2014, que se rigen por la  Ley 19/2010 de regulación del impuesto de sucesiones.

Para los fallecimientos ocurridos desde el 1 de febrero de 2014 que se regirán deriva de la ley 2/2014 de 27 de enero. Esta normativa está vigente y sin modificar desde entonces y hasta ahora, años 2016.

Lo fallecimientos hasta 31 de diciembre de 2009, no los tomamos en consideración, porque será herencias fiscalmente prescritas.

La aplicación de normativa de Catalunya del impuesto de sucesiones depende de la residencia habitual de la persona fallecida. Para aquellos casos que haya habido un cambio de residencia, se tiene en cuenta la del lugar en el que haya permanecido un mayor número de días en los cinco años anteriores a la fecha del devengo.

1.- Esquema de aplicación del impuesto.

1.1.- Se parte del valor real de los bienes, con deducción de deudas y gravámenes.

1.2.- Sobre este importe hay derecho a una serie de reducciones.

1.3.- Al importe así obtenido se aplica un tipo impositivo.

1.4.- Este tipo impositiva se le aplica un coeficiente multiplicador en función del grado de parentesco entre causante y heredero.

1.5.- Finalmente la cuota resultante puede tener algún tipo de bonificación.

2.- Desarrollo del esquema de liquidación.

2.1.- Valor real de los bienes. A este aspecto ya nos hemos referido en otras entradas del presente blog. En caso de inmuebles urbanos radicados en Catalunya, este valor se obtiene multiplicando el valor catastral por un coeficiente, y multiplicación por 0,8. En el caso de bienes rústicos se aplica una cantidad por hectárea, dependiendo de la calidad y situación de los terrenos. Estas tablas se publican cada año por la Generalitat de Catalunya.

2.2.- Reducciones.

Reducción por parentesco.

Para herencias desde 1 de febrero de 2014

a) Grupo I (adquisiciones por descendientes menores de veintiún años): 100.000, más 12.000 euros por cada año de menos de veintiuno que tenga el causahabiente, hasta un límite de 196.000 euros.

b) Grupo II (adquisiciones por descendientes de veintiún años o más, cónyuges y ascendientes): – Cónyuge: 100.000 euros. – Hijo: 100.000 euros. – Resto de descendientes: 50.000 euros. – Ascendientes: 30.000 euros.

c) Grupo III (adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado por afinidad o consanguinidad (STSJ ICAM 442/204 y STSJ MADRID 1693/2014) y por ascendientes y descendientes por afinidad): 8.000 euros.

d) Grupo IV (adquisiciones por colaterales de cuarto grado o de grados más distantes y por extraños): no se aplica ninguna reducción por razón de parentesco.

Para herencias desde 1 de enero de 2010 hasta 31 de enero de 2014 la reducción por parentesco es la siguiente:

a) Grupo I (adquisiciones por descendientes menores de veintiún años): 275.000, más 33.000 euros por cada año de menos de veintiuno que tenga el causahabiente, hasta un límite de 539.000 euros.

b) Grupo II (adquisiciones por descendientes de veintiún años o más, cónyuges y ascendientes): – Cónyuge: 500.000 euros. – Hijo: 275.000 euros. – Resto de descendientes: 150.000 euros. – Ascendientes: 100.000 euros.

c) Grupo III (adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado por afinidad o consanguinidad (STSJ ICAM 442/204 y STSJ MADRID 1693/2014) y por ascendientes y descendientes por afinidad): 50.000 euros.

d) Grupo IV (adquisiciones por colaterales de cuarto grado o de grados más distantes y por extraños): no se aplica ninguna reducción por razón de parentesco.

Situaciones con vivenciales de ayuda mutua.

En las adquisiciones por causa de muerte entre miembros de una relación de convivencia de ayuda mutua, los adquirientes quedan asimilados al resto de descendientes del grupo II que define el artículo 2, al efecto de la aplicación de las reducciones por parentesco y vivienda habitual y el coeficiente multiplicador.

Las parejas de hecho quedan asimiladas a los cónyuges.

Las relaciones entre un cónyuge o un conviviente en pareja estable y los hijos de su cónyuge o del otro miembro de la pareja quedan asimiladas, a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones, a las relaciones entre ascendientes e hijos.

Reducción por discapacidad.

Junto con las reducciones que puedan corresponder en función del grado de parentesco entre el adquirente y el causante, en las adquisiciones por causa de muerte por parte de personas con disminución física, psíquica o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, se aplica una reducción de 275.000 euros. Si el grado de minusvalía es igual o superior al 65 %, la reducción es de 650.000 euros.

Reducción para personas de la tercera edad.

En las adquisiciones por causa de muerte por personas del grupo II de setenta y cinco años o más se aplica una reducción de 275.000 euros. Esta reducción es incompatible con la reducción por discapacidad.

Para herencias desde 1 de enero de 2010 hasta 31 de enero de 2014 la reducción por tercera edad, no está vinculada al grado d parentesco.

Reducciones por seguros de vida.

En las adquisiciones por causa de muerte, se aplica una reducción del 100 %, con un límite de 25.000 euros, de las cantidades percibidas por los beneficiarios de contratos de seguros de vida, si su parentesco con el contratante muerto es el de cónyuge, de descendiente o de ascendiente.

Reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica.

Se puede obtener una reducción del 95% del valor de tales bienes. Por su extensión y complejidad no la desarrollamos.

Reducción por la adquisición de participaciones en entidades.

Se puede obtener una reducción del 95% del valor de tales bienes. Por su extensión y complejidad no la desarrollamos.

Reducción por la adquisición de la vivienda habitual del causante.

En las adquisiciones por causa de muerte que correspondan al cónyuge, a los descendientes, a los ascendientes o a los colaterales del causante, puede aplicarse a la base imponible una reducción del 95 % del valor de la vivienda habitual del causante, con un límite de 500.000 euros por el valor conjunto de la vivienda, que debe prorratearse entre los sujetos pasivos en proporción a su participación; en cualquier caso, el límite individual resultante del prorrateo entre los sujetos pasivos no puede ser menor de 180.000 euros. Los parientes colaterales del causante, para poder disfrutar de la reducción establecida en el apartado 1, han de ser mayores de sesenta y cinco años y han de haber convivido con el mismo como mínimo los dos años anteriores a su muerte. Reducción por la adquisición de determinadas fincas rústicas de dedicación forestal

Reducción por la adquisición de bienes del causante utilizados en la explotación agraria del causahabiente.

Reducción por la adquisición de bienes del patrimonio cultural.

Reducción por sobreimposición decenal.

2.3.- Tipo impositivo.

Base                     Cuota                          Resto de base                                  Tipo 

0                                                                   Hasta 50.000                                                7%

50.000                  3.500                           Hasta 150.000                                             11%

150.000               14.500                          Hasta 400.000                                            17%

400.000              57.000                         Hasta 800.000                                           24%

800.000             153.000                        En adelante                                                 32%

2.4.-Coeficiente multiplicador.

Grupos de parentesco I y II Coeficiente 1.

Grupos de Parentesco III Coeficientes 1,5882.

Grupo de Parentesco IV Coeficiente 2 4.5.-

Bonificación en cuota Los cónyuges pueden aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria del impuesto sobre sucesiones en las adquisiciones por causa de muerte, incluidas las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros de vida que se acumulan al resto de bienes y derechos que integran su porción hereditaria. El resto de contribuyentes de los grupos I y II pueden aplicar la bonificación en el porcentaje medio ponderado que resulte de la aplicación para cada tramo de base imponible de los porcentajes establecidos en la ley.

 

733 comentarios en “EL IMPUESTO DE SUCESIONES EN CATALUNYA”

    1. Con los datos que nos da la respuesta es casi imposible, pues habría que tener en cuenta el valor de la casa, donde está, la residencia de sus padres…De todos modos las herencias de padres a hijos, por regla general no son gravosas.

      Un saludo.

    2. buenas tardes, quiero dejar el piso (situado en Barcelona, valor 200.000 eur aprox) en herencia a mi sobrino. Cual es la cantidad aproximada que tendremos que pagar ente los dos en impuestos y no se que mas?

    3. Somos cinco hermanos, y ahora hemos sabido que mi padre hizo testamento del piso que tiene en Tarragona, a una de mis hermanas, que es la que le tenia absorbido el cerebro, así como de la cuenta bancaria, la cual tambien estaba como cotitular ella, y de la cual ha ido sacando todo el dinero poco a
      poco. Mi pregunta es, ¿tenemos derecho a la legitima, aunque la casa se la haya dejado en testamento?

      1. Buenas tardes. Mi madre falleció en el 2003, pero la sentencia de herencia se ha escriturado en el 2017. Es una vivienda de promoción pública. ¿Se ha de pagar plus valía o algún impuesto?. Gracias

        1. Lo que no entiendo es porque se ha preguntado eso en el momento de hacer la escritura o no se lo hayan explicado. Aparentemente por lo que me dice
          creo que no deberá de pagar nada, pero no puedo opinar con fundamento sin ver documentación.

          1. Me lo he preguntado porque he supuesto que para el cambio de nombre de la propiedad, se exigirá un plazo desde la fecha de la escritura y quizás por ello, el pago de algún impuesto. Disculpe si no me expreso bien. Gracias

          2. Insisto en lo que le he dicho: no puedo opinar sin ver. Y me deja sorprendido que esas preguntas se las haga usted después de firmar la escritura. Vaya a la Notaria donde le hayan hecho los trámites y que le informen.

    4. Hola. Mi padre ha fallecido en septiembre de 2017 y tenia un 15% de acciones de una empresa S.A,. con valor de escritura de 60.000€ y 1.000.000€ de valor contable. Si acepto las acciones al valor contable que serían 150.000€ cuanto tendría que pagar de impuestos de sucesiones. Gracias.

  1. Esta en catalunya, es una casa de protección oficial, pero no tengo más datos.
    Pero tengo entendido que con la nueva ley, la casa habitual ,cuando pase de padres a hijos tendrán que pagar.

  2. En el supuesto de elegir la opción de beneficiarse del 95% por vivienda habitual, ¿es necesario mantener en poder del heredero la vivienda 5 años para no perder la desgravación?
    Entiendo que siempre está la opción de rechazar ese beneficio fiscal y computar el valor de la vivienda habitual en la masa hereditaria si se piensa vender ¿Es así?

  3. Muchas gracias: Entiendo que si se piensa vender antes de cinco años es mejor renunciar a la bonificación por vivienda habitual y pagar como si se tratara de una vivienda normal ¿Permite hacer eso la Agencia tributaria?

    1. Efectivamente. Lo que debe de tener claro es lo que le puede costar su decisión, pero si la herencia es en Catalunya a favor de descendientes y después del año 2010 (el fallecimiento), casi con seguridad no merece a pena pedir la bonificación por vivienda. Si quiere más información, con datos concretos de la herencia le podemos hacer una simulación.

  4. He de abrir un testamento, por defunción de mi padre, herederos una hermana y yo. Herencia un chalet, actualmente se podría vender por 100.000 € máximo y no seguro que se vendiese. Mi hermana y yo no nos hablamos y tiene ganas de follón. He pensado en renunciar a la herencia, pues con el chalet querrán hacer lo contrario que yo, por fastidiar y acabaremos en los tribunales, ya que no me apetece tener un bien ni nada a medias con ella. ¿Me aconseja luchar o sería mejor renunciar?.

      1. Cuando falleció mi madre, mi padre heredo y mi hermana se hizo con los bienes a través de donaciones y me obligaron a ir a los Tribunales para obtener la legitima de mi madre a la cual se negaban a darme. Al parecer queda el chalet mencionado y por ello se, que va a ser una mayor guerra y lo quiero evitar. Más sabiendo que mi hermana tiene una gran hipoteca y desconozco los avalistas al/los préstamos que pudiese tener.
        Gracias.

    1. maria carme forga besalduch

      la hermana de mi madre que no tiene hijos si marido fallecio hace casi cuatro años, me dejo en el testamento como heredera universal, mi tio 85 años vive y tambientiene el testamente igual hacia mi, posee el piso donde vive, un apartamento, y unos 60.000, euros, el dia que fallezca que tendre que pagar , yo no se si me correspondia algo cuando fallecio mi tia, pero la relacion es muy buena y no hice nada. me comentas que seria mejor que hiciera una donacion hacia mi de la segunda residencia, si no se hace que tendre que pagar el dia que herede. Que me aconseja, para pagar menos en su momento. muchas gracias

  5. Gracias por su interesante web y respuestas. La vivienda de mi padre en Barcelona tiene un valor aproximado de 500,000 euros y me la deja en herencia ¿Cuánto tendría que pagar en su día por impuesto de sucesiones por esa vivienda, según la tarifa vigente en mayo de 2015? Muchas gracias.

  6. Le doy las gracias por anticipado. Tengo un piso ( mas de 20 años de antigüedad ) y una casa ( con menos de 20). Quiero dejarselo a mi hijo en testamento, pero si le hago una donación ahora costaría menos dinero. No tenemos la residencia juntos

  7. De nuevo le doy las gracias por anticipado. Relacionado con el correo anterior. La mencionada casa tiene V. Catastral x coef. 0,88= 59.267 €. Me podria orientar aprox. que le podria costar a mi hijo el impuesto de sucesiones al 50% ya que vivo con mi señora ¿tiene beneficio o es indistinto que estuvieramos empadronados juntos en dicha casa?

    1. la pregunta que me formula excede de la finalidad de esta página. No es que no quiera contestarle es que con lo datos que me da poco puedo hacer. Insisto que siempre será más barato heredar que hacer una donación. El coste global no puedo precisarlo.

  8. Relacionado con el correo anterior. – Entiendo su posición y su comentario. Sin entrar en calcular cantidades ( en plan orientativo) me puede decir si normalmente de que se paga mas, de plusvalia o del impuesto de sucesiones. Datos que poseo: Valor suelo 42714€. Valor catastral 67349€. Mas de 20 años. població.n Viladecans. Gracias por su atención y su paciencia.

    1. El impuesto de sucesiones se paga por toda la herencia y la plusvalía por cada inmueble urbano y su cuota depende de la ordenanza de cada aynuntamiento. El impuesto de sucesiones entre padres e hijos está casi desaparecido en catalunya para herencias medias, por ello lo normal es que se pague más por plusvalía. Respecto del inmueble de Viladecans a mi me sale una cuota de unos 8200 euros, (cálculo rápido y sin responsabilidad). Le dejo un enlace si quiere comprobarlo usted

      http://www.foro-ciudad.com/barcelona/viladecans/documento-23235.html

  9. Mi abuela me quiere poner una cuenta a nombre de las 2 con 60.000 euros en la caixa para cuando ella muera. Cuanto tendre que pagar a acienda? Es la mejor opcion? muchas gracias de antemano. Mi abuela vive en sevilla y yo soy de girona.

    1. Lo que tiene que hacer su abuela es un testamento. estar como cotitular de una cuenta puede tener riesgos fiscales, y además no atribuya l propiedad del todo al cotitular cuando uno falte. Una herencia de 60000 euros de abuelo a nieto pagaría alrededor de 10 euros.

      1. Primer quiero decir que sigo sus respuestas..mi madre al fallecer ha dejado 5000 euros a sus dos nietas .Estan preocupadas por la declaracion de hacienda de este año .Són de Barcelona i no saben cuanto deberan pagar por este legado. Muchas gràcies por su atencion.Le indico que murio en 25 enero.2015…

  10. Soy ingles y teng o un seguro life of the other por el cual yo y mi mujer somos tanto tomadores, asegurados y beneficiarioS. Esto significa que en el caso de que uno de los dos muera dentro de los 25 anos que dura la poliza el sobreviviente tomador es beneficiario. Es seguro por muerte solo y solo ss garantiza dentro de ese periodo. Una vez uno de los muere, ya acaba la poliza para el sobreviviente. No hay ahorros. Querria saber si habria que declarar este en inpuestos sucesion en el caso que rescate el capital o bien solo por renta. Gracias

    1. Me resulta dificil responder sin ver el contenido de la póliza. La mejor información se la darán en la compañía de seguros, pero a modo de aproximación si lo que se recibe es consecuencia del fallecimiento de uno de los “contratantes” la cantidad percibida por el legitimario se integra en el impuesto de sucesiones, aunque estrictamente no sea herencia.

  11. Pregunta: Mi madre, de 94 años, con demencia senil diagnosticada, tiene capacidad legal de modificar un testamento que hizo hace mas de 20 años?
    Ella tiene un piso de su propiedad en Barcelona capital, con valor aproximado de 180.000 euros.

    Pregunta: Se puede saber el calculo aproximado del Impuesto de Sucesión si el heredero es su único hijo vivo, y, como segunda opción, si el heredero es su nieto, de 25 años, con una discapacidad de 63% por problema de salud mental sin solución según lo médicos.

    Pregunta: Que opción tributa menos?

  12. Manuel Mayoral Garcia

    Mi padre falleció hace 22 años .Somos 3 hermanos+mi madre (50%+usufructo).Hay testamento pero no aceptación herencia que debemos hacer. La herencia es de un piso valorado en aprox.190.000€.
    Pregunta: Debemos tributar por el Imptº de Sucesiones?

  13. Hola. Mi madre fallecio y un tiempo despues vendimos el piso de mis padres y me traje a vivir a mi padre con nosotros, el dinero de la venta del piso mas unos ahorros que en total seran unos 220.000€ lo pusimos en una cuenta conjunta para los dos.
    Ahora mi padre se encuentra en el ultimo tramo de su vida, ese dinero representa que sera su herencia? Tendre que pagar por el?
    Gracias

    1. Depende de la ley aplicable. Si fuese en Catalunya, hasta 100.000 euros, y tratándose de herencia entre padres e hijos, no se paga nada, y a partir de ahí unas cantidades muy pequeñas. Por ejemplo una herencia de 200.000 pagaría 200 euros, siempre y cuando no hubiere derecho9 a ninguna bonificación fiscal. Yo creo que puede estar tranquilo

  14. Hola, tengo una discapacidad del 65%, si heredo de mi padre 2 casas por valor de 500.000 euros, cuanto me tocaria pagar de impuestos, y despues la plusvalua en ayuntamiento tambien hacen descuento por minusvalia? Atentamente, momtse, gracias

    1. En principio tiene una bonificación en el impuesto de sucesiones de 650.000, de modo que no habría que pagar nada. Respecto de las plusvalías, habría que ver según cada ayuntamiento y su ordenanza, pero en principio, la minusvalía no atribuye ningún beneficio fiscal.

  15. hola, mi madre fallecio el pasado 8 de junio y aun no tenemos el testamento original, pero todo esta en tramite. mi problema es que yo estoy en andalucia y mi madre fallecio en cataluña. segun dicho testamento pasa todo a mi padre pero el quiere ponerlo todo incluso lo de el a nombre de mis dos hermanos y yo. se puede hacer eso? lo unico que tienen una casa que se podría valorar en catastro por 100000 euros. cuandto habria que pagar para que esto se hiciera así. me perjudicaria en algo que se pusiera a nuestro nombre (de los tres) para becas de los niños, el paro que cobro de mayores de 52 años. yo no tengo vivienda en propiedad, estoy de alquiler.

  16. Soy hija única, mi padre tiene un chalet (en Riells y Viabrea en Girona) y un piso (en Montcada i Reixac, Barcelona) y calculo que no hará testamento. Con respecto al dinero que pueda tener en cuentas de ahorro o bonos del estado, ect , en el momento en que fallezca, ¿qué es lo que tendría que hacer para poder averiguar donde está ese dinero? ¿habría posibilidad de poder disponer de él aunque yo no figure en las posibles cuentas? . También soy sobrina única, en el caso de que mi tío no hiciera testamento y mi padre (su hermano y único heredero) ya hubiera fallecido, ¿también tendría derecho a la legítima? ¿en este caso tendría que pagar más de impuesto de sucesiones por ser sobrina en lugar de hija?. Mi tío tiene un piso en la Llagosta, Barcelona y si tuviera dinero en cuentas de ahorro (que tiene) ¿también pasaría a mí o esto va para el estado? ¿y cómo averiguo donde lo tiene una vez haya fallecido?

    Muchas gracias otra vez.

    1. Muy brevemente, los sobrinos no tienen derecho a legitima y pagan mas que los hijos, pues el minimo exente por hijo es 100.00 y en caso de sobrinos 8.000. Ademas, los hijos tienen unas bonificaciones en cuota que no tienen los sobrinos. Averiguar el dinero es muy fácil si usted es el heredero, solo basta perdirlo a los bancos. perdón por las tildes, pero tengo problema con ordenador

  17. Tengo un familiar en Barcelona que es prima de una abuela mía ( sería grado iv de parentesco ? )
    Tiene dinero en bancos por un valor de 680000€ y un piso en el centro de Barcelona cuyo valor real de mercado estaría en torno a los 140000€.
    Soy heredero universal mediante testamento de esta mujer y no se que impuestos tendría que pagar en caso de fallecimiento. Vivo en Toledo. Gracias

  18. Con fecha del 24/2/2011 Falleció mi Madre, mis cuatro hermanos y yó nos acogimos a la bonificación del 95% en la aceptación de la herencia en Cataluña con un cabal hereditario por hermano de 39.450 €. Con fecha del 10/11/2015 se ha vendido la vivienda faltando 3 meses para el cumplimiento de los 5 años que establece la Generalitat de Cataluña ¿ perderemos la bonificación ? Aclaro que la vivienda se ha vendido por un valor de 70.000 € menos de lo valorado en la herencia. En el momento de escriturar me dijeron que había que declarar 1/5 de la venta, pero que no teniamos que pagar nada a hacienda. Pero si no fuera asi cuanto nos correspondería a cada Hermano.

  19. Mi madre falleció en 2015 y mi hermano y yo nos repartimos unos 25.000 euros como únicos herederos cada uno. Creo que no deberíamos pagar nada, pero habría que presentar igualmente el impuesto? Que pasa si no lo hacemos?
    Gracias de antemano

  20. Hemos heredado una propiedad en Catalunya y somos 3 herederos… ¿la reducción de 100.000 € del IMPUESTO de SUCESIONES es aplicable por heredero o no? Es decir, nosotros tenemos que presentar el IMPUESTO DE SUCESIONES todos juntos por lo que no sé si la reducción sería de 300.000 € o se limita a 100.000. Y otra cosa, ¿cómo podemos determinar el VALOR DEL BIEN INMUEBLE a declarar?, ¿es mejor que lo haga la Agencia Tributaria o mejor por Autoliquidación? Muchas gracias.

  21. Hola,

    en el caso de una madre (viuda) que posee un patrimonio de unos 3,5 millones de euros donde está incluida la vivienda habitual de un precio aprox. de 1 millon de euros (dentro de los 3,5 mill.)

    En esta vivienda habitual, el 25% pertenece a un hijo y el otro 25% a otro hijo desde hace varios años.

    Cuanto pagarán aproximadamente en impuesto de sucesion en Cataluña los hijos?

    Gracias
    Saludos

    1. El impuesto de sucesiones depende de muchos factores, muchos de los cuales desconozco, por lo cual toe mi respuesta como orientativa. Pero heredando 1.500.000 Euros cada hijo, y solicitando la reducción de vivienda habitual por el importe de 250.000, cada uno la cuota rondaría los 75000 euros, por hijo.

      Le insisto que esto no es un dictamen, ni asumo ninguna responsabilidad por la respuesta

  22. Nuestra Tia falleció en el año 2010 en Barcelona nos hemos hecho herederos ahora, a la hora de realizar el impuesto de sucesiones regimos por la ley del 2010? Cuál es el mínimo exento?
    Muchas gracias
    Un saludo

  23. hola,

    Quiero exponer mi caso, que soy un padre de dos hijos con una discapacidad del 66%, compre un piso que ahora valdra unos 120000 €, hace años y ahora estoy sin trabajo debido a mi enfermedad, no puedo pedir la invalidez permanente por que mi piso lo tengo alquilado. Habia pensado hacer una donacion a uno de mis hijos teniendo en cuenta mi discapacidad ya que supongo que sera mas economico el traspaso, mis hijos son menores de edad. Me gustaria saber si podria poner este bien a nombre de mis hijos o mi esposa y poder se beneficiario de la tributacion por discapacidad permanente, ya que nuestra posicion no es nada favorable.

    Muchas gracias
    sergio

  24. Mi hermano y yo compartimos un piso de vivienda habitual al 50%.En caso de fallecimiento le he dejado como heredero(valor del piso unos 100.000,00euros)¿cuanto tendría que pagar al aceptar la herencia?.El a mi me ha dejado su mitad como usufructuaria, pues tiene un hijo como heredero.Supongo que en caso de fallecer el seria su hijo el que tuviera que pagar por la herencia.¿que cantidad seria? vivimos en Terrassa (Cataluña) Muchas gracias.

    1. La herencia entre hermanos suele ser cara. En el caso de que la herencia valga 100.000 euros el impuesto serían 13.400 aproximadamente.
      En el caso suyo, si se dan las circunstancias, y creo que sí, podrían constituir una relación convivencial de ayuda mutua. De esta manera tendría bonificado el 95% del valor de la vivienda habitual, entre otras circunstancias, y pagaría 0 si la herencia es el piso de 100.000 euros.

      Le adjunto un enlace de mi blog a un ejemplo concreto.

      https://www.notarialuisprados.com/un-ejemplo-de-la-fiscalidad-de-las-situaciones-convivenciales-de-ayuda-mutua/

      Si necesita más ayuda no dude en ponerse en contacto con nosotros.

      1. Estoy haciendo los cálculos para determinar el valor a pagar por un hijo (mi hijo) para una herencia de 500.000 euros y aplicando las tablas de reducción de la base imponible por hijo (100.000 euros), los porcentajes de cuota a aplicar por cada tramo y la bonificación (reducción) del 99% de la cuota en cada tramo me sale siempre un valor de aproximadamente la mitad del que Vds. indican en varios casos que he seguido (500.000 euros, 200.000 euros…). Podría desarrollarme numéricamente el ejemplo de 500.000 euros?.
        Para mí es de gran importancia pues el caso es muy complejo: Tengo dos hijos, uno de 36 años y otro de 40 años discapacitado en un 96%. El reparto de bienes en mi testamento que estoy a punto de realizar (aproximadamente 1.500.000 euros) puede quedar afectado.
        Una segunda pregunta; mi hijo discapacitado tendrá una exención en la base imponible de los primeros 650.000 euros como discapacitado, se le suma a esta cantidad los 100.000 euros que le corresponde como hijo? .
        Muchas gracias por su atención

  25. Hola,
    Mi consulta es la siguiente, mi padre tiene un dinero ahorrado y me he realizadonuna transferencia de 28.000€ a mi cuenta para poder comprarme un piso. En este caso se considera donación? Se debe tributar? Estamos un poco perdidos con este tema.
    Gracias por adelantado, por su ayuda.

  26. Buenas tardes. Somos 6 sobrinos y mi tia tiene hecho testamento a partes iguales, En el banco hay unos 600000euros mas un piso que esta alquilado,
    Qusiera saber que porcentaje de derechos reales nos tocaria pagar del dinero en efectivo y de la vivienda. La vivienda es un inmuble del año 1967 y no es su vivienda actual pues vive en una residencia. Gracias

    1. La contestación requiere saber el lugar de residencia de su tío, y el valor de la vivienda, pero suponiendo en que todo es en Catalunya, en especial la residencia de su tío, y que cada sobrino recibe incluyendo el valor proporcional de la casa, 125000 euros, la cuota por heredero estaría en los 18000 euros aprox. A esto habría que sumar la plusvalía municipal.

      De todo modos tenga en cuenta que hay muchos factores, los cuales desconozco, que podrían influir, como es el caso de posibles minusvalías, edad y residencia de los herederos…

  27. La residencia de mi tio es en cataluña y los sobrinos tambien residen en catalu de 50 ña, todos mayores de 50 años.el inmueble tiene un valor catastral de 103000euros. y ninguno de los herederos tiene minusvalia alguna.
    De nuevo gracias

  28. Mi suegra murió el pasado mes de Enero. Deja en diferentes cuentas unos 65,000 euros. Y un piso. Mi mujer es heredera universal (En navarra de donde era mi suegra, y no existe legitima, ya que tiene un hermano) y la fallecida creemos no ha perdido la vecindad foral navarra ya que su ultimo empadronamiento en Barcelona data de agosto 2006. Pregunta. Ya tenemos todos los certificados de diferentes cuentas a fecha de su fallecimiento..Se puede ingresar en hacienda catalunya modelo 650 o en navarra? Es lo mismo en una comunidad u otra?..

  29. Tengo un piso en venta,un marroqui con residencia en francia y NIE frances quiere comprar el piso,mi pregunta es..¿ puede comprar con el NIE frances en españa?.¿que necesita para comprar?.gracias.

  30. Si le hago una donación por transferencia a la cuenta de mi sobrina de 120.000 euros para compra de vivienda, cuánto tendría que pagar de impuestos? (Residentes ambos en Catalunya). Muchas gracias.

  31. Francia Ortiz Vélez

    Hola. Le felicito por su página, que sirve de ilustración a mucha gente.
    Mi tema es el siguiente: Trabajo, desde hace 3 años, como empleada de hogar interna, las 24 horas del día todos los días de la semana, en una casa, sin contrato, cuidando a su dueña. La dueña de la vivienda, que se encuentra mal de salud, desea que sea yo quien herede su vivienda cuando ella muera. La vivienda, que es del año 1.969, está en Sant Andreu, con un valor de mercado aproximado de unos 270.000€. Y la pregunta que le hago es cuál sería la mejor forma y la más económica de efectuar esa operación (imagino que otorgando un testamento y nombrándome heredera), y cuanto debería pagar aproximadamente por recibir dicha vivienda en herencia.
    Muchas gracias.

    1. Una herencia de tales características rondaría los 75000 euros de impuesto de sucesiones, a lo que habría que sumar la plusvalía. La única manera de reducir la carga fiscal dentro de la legalidad sería a través de las situaciones convivenciales de ayuda mutua, con lo que la cuota por impuesto de sucesiones sería cero euros.

      Le adjunto una entrada de mi blos sobre esta materia

      https://www.notarialuisprados.com/un-ejemplo-de-la-fiscalidad-de-las-situaciones-convivenciales-de-ayuda-mutua/

  32. buenos días, mi pregunta seria, al heredar mis hermanos y Yo recientemente la casa de mis Padres en Cataluña, y somo tres hermanos, yo como el Mayor podría disponer para venderla?, si ellos se oponen por mayoría, que podría hacer?
    Gracias por atenderme

  33. Buenas tardes, vivo con mi pareja de la que soy tutor (discapacidad por ambolia) ella tiene testamento y deja sus bienes a padres, hermanos e hijo. Testamento realizado antes de la enfermedad. Si ella faltase antes que yo, tengo algún derecho sin estar en testamentos.

  34. Hola
    somos tres herederos mi padre , yo y mi hermana.
    Mi madre fallecio en dec 2015
    tenemos una casa construida en 1984 valor actual de venta 240000 euros
    my pregunta : el impuesto de succesion sera muy poco pero despues al momento de venderla , como se calculara la plu valia ?

  35. Hola Luis, gracias por esta pagina. Mi pregunta es la siguiente: fallece mi tia, italiana, residencia en italia, y me deja en italia unos pisos en herencia, yo italiana, residente fiscal en espana.
    Tengo que tramitar aqui (Catalunya) tambien la sucesion?
    Existe la posibilidad de pagar a plazos? Gracias!

  36. Soy del Baix empordà,mi padre falleció y nos dejó en herencia el dinero de su cuenta bancaria, unos 32000€ .
    Que % tengo que pagar a Hacienda de esos 32000€?
    Tengo 48 años y los herederos somos yo y mi hermano que tiene 62 años y está jubilado.

  37. Buenas tardes,
    Me gustaría saber si tendría algún tipo de deducción de impuestos de cualquier tipo por la venta de mi casa, teniendo en cuenta que tengo una Incapacidad Total por parte de la Seguridad Social y un grado de discapacidad por parte de la Generalitat de Catalunya del 43%.
    En espera de su repuesta, reciba un cordial saludo.
    Muchas gracias.

  38. Os agradecería una respuesta a una gran duda:
    Soy de Galicia, y nuestro derecho Civil contempla la apartación.
    Estoy intentando localizar para un familiar esa figura en el derecho catalán y estoy totalmente atascada.
    La consulta es:
    ¿qué figura se utiliza para transmitir en vida bienes (piso) a un hijo; en el sentido que se utiliza en el derecho civil gallego la apartación?
    Sentencia TS 9/2/16

    1. En el derecho de Galicia
      Por la apartación quien tenga la condición de legitimario si se abriera la sucesión en el momento en que se formaliza el pacto queda excluido de modo irrevocable, por sí y su linaje, de la condición de heredero forzoso en la herencia del apartante, a cambio de los bienes concretos que le sean adjudicados.

      La formula más parecida sería la donación en pago de legítima futura con renuncia al posible suplemento, que podría ser objeto de rescisión

      Le dejo la referencia legal
      Artículo 451-26. Renuncia a la legítima futura.

      1. Son nulos los actos unilaterales, las estipulaciones en pacto sucesorio y los contratos de transacción o de cualquier otra índole otorgados antes de la muerte del causante que impliquen renuncia al derecho de legítima o que perjudiquen a su contenido.

      2. No obstante lo establecido por el apartado 1, son válidos, si se otorgan en escritura pública:

      a) El pacto entre cónyuges o convivientes en unión estable de pareja en virtud del cual renuncian a la legítima que podría corresponderles en la sucesión de los hijos comunes y, especialmente, el pacto de supervivencia en que el superviviente renuncia a la que podría corresponderle en la sucesión intestada del hijo muerto impúber.

      b) El pacto entre hijos y progenitores por el que estos últimos renuncian a la legítima que podría corresponderles en la herencia del hijo premuerto.

      c) El pacto entre ascendientes y descendientes estipulado en pacto sucesorio o en donación por el que el descendiente que recibe de su ascendiente bienes o dinero en pago de legítima futura renuncia al posible suplemento.

      3. La renuncia hecha en pacto sucesorio o donación de acuerdo con el apartado 2.c puede rescindirse por lesión en más de la mitad del justo valor de la legítima, atendiendo al importe que tendría la legítima del renunciante en la fecha en que se ha hecho. La acción puede ejercerse en el plazo de cuatro años a contar del otorgamiento del pacto.

  39. En 2006 compre un piso con mi pareja y me obligaron a hacerme un seguro de vida, ahora estoy pendiente de cobrar dicho seguro por invalidez permanente absoluta. Mis dudas son, estando el seguro a mi nombre, la cantidad a cobrar que voy a percibir, va al banco donde tengo la hipoteca o me dan el dinero a mi ? En caso de, que sea a mi quien me de el dinero, cuanto tanto por ciento tengo que tributar ? Gracias.

    1. NO se que tipo de seguro tiene usted contratado, por lo que una contestación es difícil. No creo que se trate de un seguro de vida, porque el riesgo es el fallecimiento. Si es de invalidez puede tener derecho a una bonificación, pero depende de muchas variables pero me imagino que se lo dirá la entidad aseguradora. Si el seguro es de amortización del préstamo lo percibirá el banco

      La normativa legal es esta
      1.º) Cuando se perciba un capital diferido, el rendimiento del capital mobiliario vendrá determinado por la diferencia entre el capital percibido y el importe de las primas satisfechas.
      No obstante lo anterior, si el contrato de seguro combina la contingencia de supervivencia con las de fallecimiento o incapacidad y el capital percibido corresponde a la contingencia de supervivencia, podrá detraerse también la parte de las primas satisfechas que corresponda al capital en riesgo por fallecimiento o incapacidad que se haya consumido hasta el momento, siempre que durante toda la vigencia del contrato, el capital en riesgo sea igual o inferior al cinco por ciento de la provisión matemática. A estos efectos se considera capital en riesgo la diferencia entre el capital asegurado para fallecimiento o incapacidad y la provisión matemática

  40. Mi madre fallece en uruguay en 2015 (es residente uruguaya) yo soy residente fiscal en barcelona.
    Tengo que tributar en españa la herencia de sus depositos en uruguay? y de su piso en barcelona?
    gracias

    1. Se tendría que analizar el producto, y su fiscalidad, pues no siempre tributa por sucesiones. Pero para hacerse una idea que un hijo herede 575000 (la cuarta parte de los 2.300.000) sin aplicar ninguna reducción, tiene una fiscalidad de 6400 euros aprox.

  41. Mi madre fallecida en marzo de 2016 tenia una cuenta conjunta con mi hermana pequeña (que fue quien la estuvo cuidando durante su enfermedad) de 100.000 euros, con mi hermana mayor no tenemos relacion y yo no quiero nada. ¿Como tenemos que hacerlo para que mi hermana se quede con el dinero?¿Cuanto tendria que tributar?
    Vivimos en Cataluña

    1. Todo depende de si existe o no testamento. Sin saber quienes son los herederos y las posibles consecuencias de las renuncias de herencia es imposible contestar. De todos modos una herencia de 100.000 a favor de los hijos estará exenta con toda seguridad.

  42. Mis padres y yo tenemos un piso en propiedad, yo tengo el 50% y mis padres el otro 50%.Mi padre falleció este año sin dejar testamento. Como queda el porcentaje si somos 5 hermanos a la hora de tramitar la herencia?

  43. Soy soltera y no tengo hijos, solo tengo mi madre de 86 años, 2 hermanos y 4 sobrinos. Mi patrimonio total debe de ascender a unos 400.000€ (incluida la vivienda), tengo una enfermedad y por ello quisiera dejarlo todo resuelto. A quien debería dejar como heredero para pagar menos? . Y se lo dejo a mis hermanos cuanto deberían pagar?

  44. Hola, soy heredera por testsmento de mi tía viuda, los últimos años ha vivido conmigo y le he cuidado, tengo alguna bonificación en el impuesto de sucesión? Y que tanto por cierto he de pagar en una cantidad de 400000€?
    Gracias de antemano

  45. voi a heredar un piso de 50metros cuadrados con valor tasado en 67000 euros en catalunya tendre que pagar impuesto de sucesiones ya que vivo en el pisos hace ya mas de cinco años y saber cuanto es la plusvalia

  46. Buenas tardes y gracias por contestar.
    Mi padre va a dejar una herencia de unos 100000€ en cuenta corriente y dos pisos con un valor catastral de unos 310000€ en Cataluña. Hecho el testamento a favor de mi madre, ¿tendría ella que pagar algún impuesto? ¿Algo de esa herencia pasa de forma forzada a mi, tendria que pagar algo? Gracias

    1. La cantidad a pagar por impuesto de sucesiones, será casi insignificante, si bien la cuantía exacta con los datos que nos da es imposible de calcular, además que puede haber situaciones de su madre, como la edad, que podrían tener influencia.
      Lo que tendrá que pagar es la plusvalía municipal de los pisos. Igualmente su cuantía depende del valor catastral del suelo y las normas fiscales de cada ayuntamiento.

  47. Hola, Mi abuelo falleció el año pasado y ha dejado en herencia un piso por valor de 58.000 euros. Lo vamos a vender y repartir entre los herederos. Que son los hijos/as de mi abuelo. De ellos han fallecido 2. Esta herencia es para los hijos (nietos) de los hijos de ami abuelo. Aprox sería una herencia de 5000 o 6000 euros por persona. Que impuestos hay que pagar? Cuanto pueda salir pagar a Hacienda? Muchas grancias

    1. Muy probablemente no habrá que pagar impuesto de sucesiones, pero me faltan datos para poder opinar con mayor fundamento. Lo que si habrá que pagar es la plusvalía municipal, que depende del ayuntamiento donde este el inmueble.

  48. Buenos días, mi madre falleció hace 12 años y no tenia herencia, la aceptamos y demás, mi padre se quedó con el 50% mas usufructo y nosotros el resto. Ahora ha fallecido mi padre, somos 3 hermanos. Queremos vender el piso. Tampoco tiene herencia hecha. El piso está en Barcelona, ¿que debo de pagar en la venta a parte de la plusvalía? ¿Tengo impuesto de sucesiones? el piso tiene unos 70 metros y estará valorado en unos 150.000€. Muchas gracias.

    1. Es un piso que se va a vender por 58.000 euros y se va aceptar la herencia con ese bien Mi abuelo falleció en mayo del año pasado y se reparte ese bien, entre mis 2 tias que viven y otra tia que falleció y mi padre que también falleció. La herencia entre los hijos ya fallecidos de mi abuelo irán a sus hijos, es decir los nietos del abuelo?
      Aparte hay que pagar Hacienda? o si ya estás exento del impuesto de sucesión también estás exento de Hacienda? Y para saber la plusvalía municipal como se calcula.

      1. Perdone, pero con esos datos no puedo contestarle. El impuesto de sucesiones depende de varios factores, que sin conocerlos resulta imposible responder. Plantee su caso directamente en un otario de su localidad, o si quiere que le hagamos un estudio, puede hablar con nosotros y comunicarnos vía mail.

  49. Herede una herencia y tengo ke pagar la legítima el impuesto de sucesiones tengo ke pagar el total. Que son 85000 o los herederos de ls legítima tienen s ue pagar su parte. En Cataluña, grsciss

  50. Hola Luís. Con mi hermano tenemos al 50% una casa en Catalunya heredada de mi padre y él quiere disolver el proindivisó y quedarse con el 100%. A efectos de impuestos, la parte que “vende”, deberá pagar el IRPF, ¿pero puede deducirse lo que pagamos en el impuesto de sucesiones?
    ¿Ocurriría de la misma manera en una disolución con compra venta entre ambos?
    ¿Quién debe pagar el AJD en una disolución?
    Han pasado muchos años y no recuerdo qué impuesto de sucesiones pagamos, ¿dónde podría consultar el importe? En la aceptación de la herencia no figura.
    Muchas gracias y un saludo

  51. Buenas tardes, y muchas gracias por sus contestaciones.
    Mi madre acaba de recibir 150.000 € por la venta de un piso en Barcelona. Mi padre falleció hace años y ella era la única titular. Desea hacerme una donación de la totalidad de la cantidad recibida por la venta. Podría decirme que bonificación tengo en mi calidad de hijo y que cantidad aproximada debería abonar?. Es obligatoria otorgar escritura pública por esta donación?

  52. Mi hija vive en un piso de mi propiedad que no es mi domicilio habitual. En caso de fallecimiento tiene que pagar más que si fuera domicilio habitual. En caso positivo ¿se podría arreglar de alguna forma? Muchas gracias.

    1. El tratamiento de la disoluciones de comunidad es muy discutido y creo que ni en hacienda tiene un criterio claro. De todos modos lo mejor es hacer un planteamiento con números y sobre ello tomar las decisiones, quizás no sea tan gravoso como a primera podría parecer.

  53. El testamento de mi padre, fallecido el 24/12/2011, dejó como heredera universal a su hermana, siendo mi hermana y yo legitimarios. Los descendientes de su hermana fallecida han renunciado dentro del periodo de liquidación del impuesto sucesiones.
    Si mi hermana y yo aceptáramos la herencia ahora o mas adelante, ¿ Como tendríamos que liquidar el impuesto y cuanto podría costar en el supuesto que la base fuera de 70.000 Euros cada uno?
    No se si es correcto, pero he leído que con la renuncia del heredero,
    tanto la fecha como el parentesco rige la del renunciante en lugar de la del fallecido o causante.

  54. he recibido de un tio mio que murio sin herederos 18800 euros, porque soy el unico pariente que han encontrado tengo que hacer el impuesto de sucesiones o esta exento por esa cantidad, vivo en cataluña.

    gracias y un saludo.

  55. Hola y gracias de antemano.ha fallecido mi padre y deja testamento me nombra heredero universal de todo ( una vivienda y 6000€) y a condición de darle a mi hermano 60000€ en concepto de legítima ya que a el le dio en vida un terreno de aproximadamente 1000m cuadrados en el cual reside en esta vivienda que heredó vivo con mi familia desde hace 25 años( barcelona) la vivienda tiene 40 años y yo más 50 y el testador no vivía con nosotros ya que se volvió a casar ¿tendría que pagar por heredar?

    1. Pagar dependerá de lo que herede. El impuesto de sucesiones está muy reducido e Catalunya entre padres e hijos, y es muy probable que no tenga que pagar nada, pero son ver documentación no puede contestar.

  56. Mi pareja y yo estamos empadronados en la misma propiedad que es de mis padres. Su madre dice que se empadrone en su piso porque en caso de fallecimiento de ella(de su madre) tendrá que pagar menos impuestos y es mejor que esté alli. Nos conviente estar empadronados en el mismo lugar. Pero es cierto que esto es recomendable? Estamos hablando de Barcelona, Cataluña.

    1. La única transcendencia podría ser a efectos del impuesto de plusvalía municipal, y eso depende de la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. Pero a efectos del impuesto de sucesiones lo único que importa es el carácter de vivienda habitual de la persona que fallece no de los herederos.

  57. Gracias de antemano x su respuesta. Vivo en casa de mi suegra con mis 2 hijas de 15 y 17 años, hace unos meses fallecio mi marido. Les ha dejado mi suegra en testamento la casa a mis hijas. Es en barceloba y el valor catastral es de 53.000€ . Mi pregunta seria. Al ser menores deben pagar la herencia y en ese caso cuanto es aprox. Saludis

  58. Buenas tardes. Mi consulta es acerca de una nuda propiedad y un usufructo. Tras el fallecimiento de mi padre (en 1996. La aceptación de la herencia se hizo en 1997), heredé la nuda propiedad de un inmueble mientras que mi madre (76 años) heredó el usufructo. Este pasado mes de febrero falleció ella y, entiendo, he de liquidar impuesto en relación a ese tanto por ciento de su usufruto. ¿Cómo podría calcular a cuánto me subiría? Ya que lo malo es que no encuentro la liquidación que realicé en el 97 en relación a la nuda propiedad… Muchas gracias.

    1. Habría que recalcular el impuesto devengado, y saber el tipo medio de gravamen aplicado en su momento, si se aplicaron reducciones y si se agotaron, todo lo cual constará en la escritura de partición de herencia. NO es difícil, pero hay que sentarse a hacerlo. Si necesita ayuda póngase en contacto nosotros.

  59. Buenos días y gracias por adelantado. Mi madre falleció en diciembre de 2010 y aceptamos la herencia casi un año después (diciembre de 2011, previa solicitud de prórroga). Mi hermana heredó la vivienda habitual de mi madre y se acogió a la bonificación correspondiente, por lo que no tuvo que pagar nada a hacienda. Paralelamente, durante ese año de impass, mi hermana desarrolló un cáncer de mama con metástasis pulmonares y obtuvo una invalidez permanente absoluta con fecha de 26 de enero de 2012. A los 4,5 años de la muerte de mi madre, en Junio de 2014, mi hermana vende el piso que heredó y este mes hacienda le reclama 8.500 euros por pérdida del derecho de reducción.
    La pregunta es: ¿El hecho de que mi hermana tenga una Incapacidad Permanente Absoluta le exime del pago del Impuesto de Sucesiones? (Nunca solicitamos un reconocimiento del grado de discapacidad… que entiendo que es otro tema…).

  60. Hola. Mi madre ha fallecido recientemente. Somos tres hermanos. Disponía de una casa (valor 200.000€), un piso (250.000€) y una cuenta corriente (200.000€).
    1.- En caso de venderlo todo. ¿Cuanto tendríamos que pagar por el impuesto de sucesiones?
    2.- En caso que yo me quede la casa . ¿Cuanto tendría que pagar si la quiero tener como vivienda habitual?
    muchas gracias

    1. Acuda a un notario o un abogado de su localidad. La pregunta tal y como está formulada, es de imposible respuesta, porque habría que saber la ley aplicable.

      De todos modos, el impuesto de sucesiones se paga por heredar, y es independiente de los impuestos que pueda generar la venta de los bienes heredados.

  61. Hola, estupenda página y respuestas. Dos hermanos heredamos el piso de nuestro padre en Barcelona a medias, valorado en 260.000 euros. Yo le voy a “comprar” su parte al repartir la herencia. Mi hermana vive en territorio foral vizcaíno. ¿Cuánto nos corresponde pagar?

    1. La herencia debe calcularse en su totalidad. Suponiendo que el piso es el único bien, de impuesto de sucesiones prácticamente no pagarán nada. Deberán contar con el pago de al plusvalía municipal. Y si usted compensa a su hermano (le compra su parte) podría haber lugar a una tributación por AJD por el importe de la compensación. Esto de todos modos es una cuestión delicada, porque siempre puede ofrecer dudas, y ni siquiera los criterios son uniformes.

  62. Buenos días.
    Mi suegra formaba una unión estable de pareja y estaban registrados como parejas de hecho con un señor que ha fallecido este mes de Junio. Vivian en Juneda (Lleida) ella es la heredera univerdal pues el era soltero y no tenia familia. Ha heredado una vivienda que tiene un valor de unos 150.000€ sólo ha heredado la vivienda.¿ Cuanto debería de pagar de impuesto de sucesiones?¿ Las parejas de hecho tienen bonificaciones igual que los matrimonios?
    Gracias

  63. Hola!! Mis padres compran un piso por valor de 150.000€ en enero del 2004, mi padre hace testamento en abril del 2005, y fallece en diciembre del 2005, despues de una larga enfermedad, y deja heredera libre universal a mi madre sustituida vulgarmente a mi hermana, sustituida vulgarmente por sus descendientes.
    Mi madre en marzo del 2008, renuncia a la herencia de mi padre a favor de mi hermana y le dona el piso, hay escritura de herencia y escritura de donación, pero yo no he sabido nada hasta que mi madre que acaba de fallecer y mi hermana me ha dado copia de esas escrituras. Somos de Barcelona, concretamente de Badalona. Mi pregunta es¿A que tengo yo derecho, solo somos dos hermanos ella y yo?

  64. Mi marido fallecio el pasado mes de Abril y teniamos una cuenta de ahorro conjunta en la que habia uns 15.000 euros. Se debe descontar de eso 5.000 euros de lo que costo el entierro.vivimos en Barcelona. Soy su heredera ¿Cuanto debere pagar de impuesto?
    muchas Gracias
    Cristina

    1. Lo primero que debería hacer es pedir un certificado de últimas voluntades y saber si su marido hizo testamento o no.

      Si la herencia es solo el dinero que me dice, no se pagará ningún impuesto. Lo único que deberá hacer es una liquidación fiscal, que saldrá a pagar 0, para que se pongan las cuentas a nombre del heredero, usted o quién lo sea.

  65. Hola!! mi abuela dejó en herencia a mi tia todos sus bienes, entre ellos un piso en la barceloneta en el cual mi padre es el que está viviendo ya que lo tiene en usufructo porque no está bien mentalmente. Resulta que mi tia no ha hecho aun aceptación de herencia (no se si se dice así porque la verdad con este tema estoy bastante perdida). Cuestión mi tia es muy mayor ya y tiene tres hijas, mi padre me tiene a mi y a un hermano que tampoco está bien mentalmente. Mi tia desea que ese piso tambien lo pueda utilizar mi hermano para el dia de mañana pero dejarmelo a mi en herencia y a sus hijas ya le dejaria otra casa. No se muy bien como hacer todo esto, ¿tiene mi tia primero que aceptar la herencia de mi abuela para luego poder ponerla en su testamento? ¿ que coste tendría esto si fuese así? y si me la deja a mi de herencia que debería pagar yo por recibir ese piso? No se donde informarme de todo esto, tengo bastantes dudas

  66. He recibido un herencia de un piso de mi padre , hemos vendido el piso , somos 4 hermanos.
    Soy pensionista de una absoluta y tengo el 33 % de discapacidad, tendria algun descuento a la hora de pagar la plusvalia que me pertenece?
    VIVO EN SABADELL Barcelona

  67. Hola Luis Prados y de ante mano, felicidades por tu pagina. Te explico:
    Mis padres tienen un piso+parking valorado en unos 150.000 euros y una casa unifamiliar valorada en unos 400.000 euros. Somos 3 hermanos de los cuales dos vivimos en cataluña (igual que mis padres) y mi otro hermano en Canarias. La idea de mi padre es hacer en vida un testamento sabiendo la opinón de nosotros 3 a la hora de hacer las particiones. La idea seria dividir en 3 cada immueble con un precio inferior al del mercado para poder asumirlo los hijos. Entonces los dos immuebles serian para los hijos que vivimos aqui y las partes del piso y la casa, en dinero, darselo al de canarias. Hasta aqui esta entendido?
    Mis padres tienen creca de los 75 años y esto seria efectivo una vez fallecieran. ¿Cuanto tendriamos que pagar de impuesto de sucesiones por cada immueble? No hay pensamiento de vender ningun immueble. ¿Es mejor donación, herencia o simplemente hacer un cambio de escrituras? ¿A nivel de hacienda,hay que declararlos una vez sean de cada hijo?
    Gracias de nuevo y perdona por lo extenso del argumento

    1. Si hay un testamento, toda la eficacia y el pago del impuesto de sucesiones, queda diferido al momento del fallecimiento. Su padre hasta entonces será dueño, y podrá vender los bienes así como cambiar el testamento.
      Les noto un poco desorientados, consulten directamente a un Notario de su localidad, o si quieren vengan por mi despacho.

  68. Cuando murio mi padre hace 18 años ,mi madre heredo la parte de mi padre y a mi se me consigno la legitima. Mi madre esta muriendose y querria saber que me tocaria pagar de impuesto sucesion sabiendo que los valores catastrales hasciende a 456.000€
    Gracias

  69. Buenos días,

    Hace unas semans falleció mi abuela. En herencia deja su casa a su hija y unos 105.000€ a sus 3 nietos. Supongo que la hija (mi tía) deberá pagar la plusvalía, pero los nietos que heredaran unos 35.000€ cada uno, ¿qué nos toca pagar?

    Un saludo y gracias.

      1. Muchas gracias por tú respuesta. Sí, es en Catalunya, ¿lo de la reducción significa que no se tiene que pagar impuestos?¿igualmente se debe hacer algun trámite?

      2. Muchas gracias por tu respuesta. Sí, la residencia es en Catalunya. ¿La reducción de 50.000€ significa que no deberíamos pagar nada?¿aunque no tengamos que pagar nada hay que hacer algún tramite al recibir la herencia?

        Un saludo.

  70. Hola quizas no me explique correctamente en el correo del 8 de julio. El impuesto de la legitima ya lo pague. Lo que pregunto es que como soy heredera universal que me tocara pagar de herencia cuando fallezca mi madre si la suma de los valores catastrales asciende a 456.000€.
    Muchas gracias y perdone

  71. Cuando el albacea no colabora en agilizar el proceso de aceptación y el plazo de los 6 meses fine, que se puede hacer para no incurrir en retraso? El problema es que no puedo completar correctamente los modelos liquidadores 660 650 porque no tengo datos de los otros participantes de la herencia. Así como los datos económicos son los que son, no tengo toda la documentación que se me solicita etc…

  72. Buenas tardes
    Si se vende la vivienda habitual en Cataluña heredada por la esposa cuyo valor no llega a los 130.000€ antes de los cinco años se pierde la bonificación. Tengo entendido que hasta 240.000€ està exentó

  73. Buenos dias,

    Mi padre tiene una casa y un piso en la provincia de Girona y nos estamos preguntando con mi hermana y mi padre de que manera saldria mejor de precio lo que hay que pagar al notario. En caso de donacion, de venta o de sucession cuande el ya no este ?
    Gracias por su respuesta

  74. hola, mi madre me dona un piso valorado en unos 150.000 €.
    Yo actualmete tengo 55 años y una hija con una minusvalia del 33%.
    El piso esta barcelona ciudad.
    Cuanto me costara en impuestos mas o menos ponerlo a mi nombre?
    Seria mas economico que los donase a mi hija, osea su nieta?
    un saludo y gracias.

  75. Buenas tardes

    ¿La bonificacción sobre el impuesto de sucesiones si se herada la vivienda se mantiene si no se vende la casa antes de los 5 años esto es asi? Pero como le he preguntado antes ¿si el total de los heredado no supera los 240.000€ está exento del impuesto de sucesiones ? ¿entonces como no supera el valor de la vivienda los 240.000€ se puede vender antes de los 5 años sin perde la bonificación?

    1. Usted si vende deberá devolver el importe bonificado con los intereses. Si lo bonificado es 0 no habrá que devolver nada, pero aun así deberá practicar una liquidación complementaria solicitando el levantamiento de la afección fiscal. Lo que no entiendo es porque se pidió una bonificación, que no era necesaria.

  76. Hola buenas tardes
    Que tendria que pagar de impuestos al heredar, de mi madre, una casa en Cataluña con un valor catastral de 44.712 euros. y una cuenta de 70.000 euros.
    Soy hijo único y tambien resido en Cataluña
    Saludos y muchas gracias

      1. En mi declaración de renta de ese año tendría que declarar la entrada del capital mobiliario y el inmobiliario también??
        Si es así, ¿ como se vería afectada mi declaración de renta?
        Saludos y muchas gracias

  77. Gracias por su atención, mi madre es propietaria del 80% de una pequeña empresa dedicada a la explotacion de viviendas en régimen de alquiler, el 20% restante es de mi hermana, en caso de heredar mi hermana, estaría bonificada al 95%?
    Muy agradecido

  78. Hola buenas tardes: Somos matrimonio residentes en Cataluña,en regimen de gananciales.Tenemos una vivienda arrendada y quiero donarle 50%a mi mujer .Valor catastral 60.000 euros.A la hora de escriturar,(barcelona) se multiplica por 2 y ese es el valor real que hacienda aceptaria?osea 120.000.euros?Tendria que pagar el 5%de la mitad como impuesto de donacion?.Tiene alguna bonificacion,reduccion.La escritura seria igual de costosa que una compra-venta? Lo de la plusvalia y IRPF lo consultare al ayuntamiento y a hacienda.Con esta donacion mi mujer seria la propietariaABSOLUTA de la vivienda? .Muchas gracias.

  79. Tengo un amigo de 85 años, casado, que quiere dejarme la parte que le correponde de la herencia, al no tener parentesco alguna, si efectuamos una escritura de convivencia de ayuda mutua, ante notario, me empadrono en su domicilio, el es de Barcelona y yo vivo a 100 km, con el consentimiento de su esposa, puedo beneficiarme de alguna bonificación al pagar los impuestos?, hay un piso y acciones

  80. Hola buenas tardes: Mi pregunta es muy breve.Mi marido pretende donarme su parte del 50% de un piso que tenemos arrendado,vivimos en Barcelona y estamos casados en regimen de gananciales. Dejando al margen los impuestos,que nos informaremos aqui,qué nos costaria la escritura?(valor de la parte donada 85.000 euros.Valor del piso actual 170.000 euros.gracias Lena.

  81. Buenas. Muchas gracias por su tiempo para contestar nuestras dudas. La pregunta es si conviene esperar a la herencia o es mejor una donación. Se trata de una vivienda unifamiliar en la conca de Barberà, de unos 200.000€ de valor que se reparte entre dos hijas. La casa estaba al 50% entre los padres y la madre heredó el 50% por fallecimiento del marido el pasado año.

  82. Buenos dias (desde Barcelona)
    Mi suegra ha hecho testamento y deja la vivienda en donde vive a mi hijo,su nieto.
    A la venta valdria unos 120.000 euros. Mi p regunta es mas o menos cuanto costara coger esa herencia. Es igual que mi hijo vaya a vivir en ella o que decida alquilarla? Mi marido (hijo de la señora que hace el testamento) y yo iriamos a vivir con él seguramente y mi hijo no podria vender sin nuestro consentimiento porque somos usufructuarios segun testamento.
    Mi marido y yo tenemos una deuda con Hacienda y no quiero que salpique a mi hijo….

  83. Buenas tardes, mi marido y yo somos herederos de un señor, no tenemos ningún parentesco. Para una cuenta de unos 30.000 euros, ¿cuánto tendremos que pagar en el momento de aceptar la herencia? ¿Cada uno debemos pagar por un lado o un total?
    Por otro lado, le compramos la casa, él es usufructuario y todo está en orden con la Hacienda catalana. Los muebles y menaje son viejos, ¿hay que pagar algún impuesto por esto cuando se produzca el fallecimiento?

    Un saludo y muchas gracias

  84. Mi esposa residente en Cataluña ha heredado de sus padres en Ávila 8000€ y una casa compartida con su hermana por un valor total de 80000 € ( 40.000 cada una) mi pregunta es la siguiente:

    ¿ Tiene que declarar en Cataluña y cuanto pagaría ¿

  85. Quisiera que me respondiese a estas dos situaciones:
    1. Ha muerto mi padre en Cataluña, que deja testamento a favor de sus 3 hijos. La herencia son activos financieros valorados en algo menos de 300.000 €, por lo que deduzco que hemos de presentar la liquidación del impuesto aunque no tendremos que pagar nada.
    ¿Podemos repartirnos la herencia en partes iguales, tal como deja establecido mi padre, en documento privado sin intervención de la notaría?

    2. Una amiga es heredera universal de una amiga de su madre residente en Cataluña, con la que no tenía ningún parentesco aunque era su tutora (la fallecida la reconocía así en documento notarial).
    Esta amiga no tiene liquidez para pagar los impuestos que le correspondan. ¿Puede vender algún activo financiero de la herencia para pagar los impuestos? De no poder; ¿qué podría hacer?

    Reconozco y agradezco su labor en esta página.

    1. Son preguntas muy delicadas para contestar por web, especialmente la segunda, y más si tengo a la vista ninguna documentación. Respecto de la primera, en principio, no debería pagar nada o casi nada, y el tema de la escritura depende un poco de los bancos. Algunos la piden.

      Si necesita más aclaraciones póngase en contacto con nosotros por tfno.

  86. Hola. Mi hermano ha fallecido este mes. Ha hecho testamento y ha dejado el piso donde vivia solo, a su sobrino. Mi hermano estaba casado pero separado de hecho de su mujer por mas de 10 años. Ella nunca vivio en este piso ni nunca estuvo empadronada en él ni en la ciudad que está el piso. Tenian separacion de bienes. La pregunta es ¿ Tiene su mujer algun derecho sobre la herencia ? Todo ocurre en Catalunya.

  87. Buenas tardes,
    Gracias por el articulo sobre el impuesto de sucesion en Catalunya, pero no me ha quedado claro que tendria que pagar de impuestos al heredar, de mi tia abuela 98.000€. Ambas residimos en Catalunya.
    Muchas gracias!!

    1. No es que no le quede claro, es que la liquidación de un impuesto es un acto de carácter bastante técnico, y en la entrada solo pretendemos hacer una llamada de atención a la necesidad de un correcto asesoramiento. Por tía abuela, no se muy bien lo que quiere decir. Por ello habría que ver su parentesco real de usted con ella. Si fuese grupo III la cuota sería de 13000 euros aprox y si fuese de grupo IV de 18.000 euros aprox. Dictámenes más precisos los podemos hacer previo examen de documentación.

  88. Buenas noches
    En caso de dos únicos herederos que son sobrinos políticos (no consanguíneos) por una herencia entre viviendas y citas bancarias de 1.100.000 que importe de impuestos tienen que pagar cada uno de los herederos? Todos somos de Barcelona incluido el difunto.
    Gracias anticipadamente por su respuesta
    Atentamente

  89. HOla,

    Mi padre quiere hacernos una donacion de un dinero en vida. Mi hermana vive en Cataluña y mis padres y yo en comunidad valenciana. Si mi hermana se cambia la vecindad civil a la comunidad valenciana se regiría por la comunidad valenciana para pagar los impuestos?

  90. Hola Sr Luis mi pregunta es la siguente , al fallecer mi padre mi madre nos puso a mis hermanas y a mi en una cuenta conjunta (somos tres hermanas y mi madre) de la cual podemos acceder libremente ya que tenemos buena relacion, mi duda es que a la hora de heredar si esto nos va a traer algun problema .Gracias

  91. Quiero hacer donación de mi vivienda en Barcelona a mi hijo, que vive conmigo. La casa está valorada en unos 350.000 euros. ¿Cuanto tendríamos que pagar a hacienda y al ayuntamiento por la plusvalía? (la casa la tenemos en propiedad desde 1980)
    gracias

  92. Mi padre y mis hermanos son propietarios de una vivienda que tenemos alquilada.
    Mi padre no quiere seguir pagando hipoteca y quiere vendernos, donarnos o cedernos su parte.
    Cuando haga esto, yo quiero figurar también como propietaria de la vivienda (ahora pago mi parte de la hipoteca pero no figuro en ella)
    ¿cual sería la mejor fórmula?

  93. Hace poco falleció nuestra tía, tenía un seguro de vida (Vitalicio) y me preguntaba si es necesario liquidación de impuestos a la Generalitat y el tipo aplicable. Muchas gracias.

  94. Buenas noches.
    Me gustaria saber si existe algo que impida la venta de una vivienda heredada de nuestro tio, inmediatamente despues de haber inscritor la propiedad en el correspondiente Registro y haber pagado los impuestos sucesiones.

    Muchas gracias

  95. Buenos días,

    mis dudas versan sobre una sucesión intestada. En ser el causante ascendiente directo mío (familiar de 1er grado) entiendo que el coeficiente que se me aplicaría sería el 1 (si no me equivoco). Ahora bien, si hay un inmueble valorado en 48.000euros (residencia habitual) y otro inmueble valorado en 30.000e ¿Cómo puedo calcular el impuesto a abonar? Por la residencia habitual: 0 (ya que tendría la reducción de 100.000e) pero.. y el segundo inmueble?

    ¿Cambia mucho a nivel impositivo si se acepta la herencia en los primeros 6 meses?

    Y una última cuestión, mis rentas actualmente no llegan al SMI. Tengo derecho a una consulta o abogado de oficio que me ayude a calcular la totalidad de los impuestos a pagar antes de la aceptación de la herencia?

    Muchísimas gracias de antemano.

    1. El tipo impositivo no cambia por presentación fuera de plazo, solo habrá un pequeño recargo, que se calcula sobre la cuota. Por lo datos que nos da el impuesto de sucesiones es casi nulo. Si nos da información precisa podemos hacerle un informe de coste exacto, y si hace la escritura con nosotros, todo el tema fiscal se lo dejamos hecho. Lo que debe de vigilar son las plusvalías, que depende de cada ayuntamiento. Y para lo que nos dice no hay justicia gratuita.

      1. Sí, me preocupa en gran medida saber la cantidad resultante de las plusvalías porque tendría que abonar las dos (ya he consultado las ordenanzas fiscales de ambos municipios).

        ¿Podría facilitarme una dirección electrónica para llevar a cabo la consulta de una manera más exacta y también para pedirles un presupuesto de las gestiones que ustedes llevarían a cabo en el caso expuesto?

        Gracias de nuevo y gracias también por la agilidad en la respuesta.

  96. Hola, mi marido y yo tenemos 20 años casados,me case en Venezuela y registre mi matrimonio en Cataluña. Allos 6 años de casados mi marido se hizo un plazo fijo que provenia de cuenta corriente conjunta. Este año decidio meterme como titular en su plazo fijo. ESTO ES UNA Donación????

  97. Buenos días. Soy de valencia, aunque supongo que sabrá contestarme la pregunta. En valencia las herencias estan exentas de pagar el impuesto de sucesiones hasta los 100.000€. La pregunta es, ese limite es por heredero o es por la herencia en total? Por ejemplo una herencia de 500.000€ entre 7 hermanos estaría exenta?
    Gracias

  98. en Barcelona. PIso de un valor aproximado de 300.000 €. Herencia de una hermana soltera , sin hijos, a repartir entre 9 hermanos de los cuales 7 son mayores de 75 años y los dos restantes pueden alegar discapacidad física del 33%.

    Según la ley catalana tendrían que pagar por el impuesto de sucesiones, teniendo en cuenta el valor resultante para cada uno. qué reducciones son aplicables ?

    1. Los hermanos tienen una reducción de 8000 euros, y en principio no tienen derecho a la reducción de edad, pero si a la de discapacidad si es que la tienen.

      Si quiere una opinión más fundada a la vista de la documentación que le solicitemos le podemos hacer un estudio.

  99. Hola, soy actualmente residente en Barcelona, aleman de nacionalidad, y acaba de fallecer mi madre en Alemania (ella siempre vivía allí). De la herencia me tocarán 260.000 euros de varias cuentas bancarias y 40.000 euros de derecho de un seguro de vida.

    Siendo residente aquí, tengo que tributar aquí o puedo tributar en Alemania? En Alemania el impuesto por sucesión sería 0 euros, aquí entiendo que sería del 17% sobre 200.000 euros en mi caso?

    Tengo cuentas bancarias en Alemania, pero la residencia la tengo aquí en Barcelona.

  100. Hola Luis
    Si mi suegro hace una donacion a su hija y a mi que soy su yerno de un terreno, que importe de impuestos debemos pagar en cataluña si el terreno en su dia le costo 35.000€?

    El terreno lo compró hace sobre 10 años

    Muchas gracias, saludos

  101. maria dels àngeles peralta monterde

    Sr.luis:
    Mi consulta es sobre una vivienda de proteccion oficial, en barcelona capital, cuyos titulares son mis padres, y prestataria de la hipoteca y quien se hace cargo de la misma soy yo desde el inicio de la misma en el 2005, y que utilizo como vivienda habitual. ¿ mi pregunta es que me es mas beneficioso economicamente una donacion en vida o dejarmela en herencia?

          1. Maria dels Àngels Peralta Monterde

            Muchísimas gracias por sus respuestas. Le agradezco su eficacia y ayuda para resolver nuestras dudas Sr. Luis.

  102. Buenas tardes,
    mi pregunta es la siguiente, soy discapacitado con un 68%, mi madre murió el 16 julio 2015, somos 4 hermanos pero a uno solo le ha dejado la legitima, yo no dispongo de dinero para darle su legitima que serán unos 6000€, si yo le dono una vivienda que esta en unos 17000€, tengo que pagar el IRPF, o estoy exento.
    muchas gracias

  103. Hola,queria informarme,mira mi mujer junto con su hermano y la madre de los dos quieren vender un piso de la madre,el padre fallecio hace 35 años y no dejo herencia o testamento,ahora la madre quiere vender piso y le piden cambiar escrituras,quitar a su marido fallecido y quedarse ella sola,para luego vender y repartir la parte a cada hijo segun la ley. Mi pregunta es si el padre fallecio hace 35 años,para sus hijos cobren su parte,tienen que pagar el impuesto de sucesiones? Me dijeron que prescrive,entonces la cobrarian la herencia sin pagar ese impuesto?
    Gracias,espero su respuesta.

    Chema

      1. Y otra pregunta,por que si mi suegra quiere cambiar escrituras y quitar a su marido y quedarse ella sola,al hacerlo le piden dos testigos no familiares que conocieran a difunto en vida,el murio hace casi 40 años,si no hay nadie actualmente no familiar que queden de esa epoca y le conocieran,como se hace? No tenemos a nadie,solo familiares.
        Gracias

  104. Buenas,mi pregunta es que somos 4 hermanos y nuestro padre ya viudo me dejara en testamento un piso ami,mis 3 hermanos pueden reclamarme algo despues a mi??nuestro padre tiene mas propiedades..gracias.

  105. Elena Villamayor Blanco

    Mi cuñada acaba de heredar la mitad del piso tras la muerte de su marido que tenía la gran invalidez edad 62 años, dos hijo uno con 19 y la chica 24 años, tiene que pagar el impuesto de plusvalía, viven en Cataluña , Gavà,, y si lo tienen que pagar, se podrá reducir algo en el impuesto de la renta, muchas gracias, estamos preocupados por la situación

    1. He de recordarle que esta página no es un consultorio fiscal. Solo respondemos, por cuestiones de responsabilidad, a la vista del examen de la documentación que podamos necesitar.
      De todos modos, el pago de la plusvalía puede afectar en la renta, como “deducción” en el momento de la venta de la vivienda. Un saludo

  106. Buenos días,
    Cuando mi hija nació le abrimos una cuenta Plan de Futuro que ahora a los 18 años que acaba de cumplir nos han congelado porque tenemos que pagar el impuesto de donaciones para que el dinero le pueda pasar a ella. Vivimos en Barcelona y veo que este impuesto lo puedo pagar a la Agencia Tributària Catalana con el modelo 651, pero veo que también en la Agencia Tributaria Española. ¿Realmente dónde lo tengo que pagar? ¿Puedo pedir cita previa para que me rellenen el formulario? ¿Dónde?
    Gracias!!

  107. Hola sr. Prados, mi abuelo tenia 2 hijos mi tio y mi padre el cual era heredero universal de una casa en catalunya valorada en 400mil euros, el caso es que mi padre a fallecido y mi abuelo quiere modificar el testamento poniendo mi madre como heredera universal, con el tema reducciones y impuestos nos surge la duda de como seria mas rentable? Poner en el testamento a mi madre (nuera), a mi (nieto) o donarlo en vida? Y que precio aproximado habria que pagar con la valoracion de 400mil euros en cataluña? Muchas gracias d antemano.

  108. Soy hija única y heredera universal y vivo con mi madre. Por un lado tenemos dos casas, una de ellas en Cataluña y otra en Andalucía, de las cuales mi madre se adjudica el derecho de usufructo vitalicio sobre la mitad de los bienes inventariados y también el pleno dominio sobre la mitad de los bienes inventariados Y a mi me adjudica la nuda propiedad sobre la mitad de los bienes inventariados.
    Y por otro lado está el dinero que tenemos excepto mis planes de pensiones, lo demás todo está a nombre de las dos, cuentas, depósitos, acciones, etc … , y asciende a 400.000 €en número redondos, y mi pregunta es … por el dinero que tenemos compartido entre las dos,cuanto tendré que pagar por el impuesto de sucesiones cuando mi madre falte ?
    Muchas gracias por su atención.

    1. No depende del dinero, sino de lo que usted herede. Si quiere que le hagamos un estudio de su posible fiscalidad, para lo cual necesitaríamos saber más datos que lo que usted nos proporciona, si bien le digo que la cuantía muy seguramente no sea elevada

      1. Lo que he expuesto es lo que tenemos, no hay más, y es que a veces hablando con amigos y conocidos, salen estos temas y cuentan situaciones que te hacen pensar en lo de cada uno. Y ojalá que mi madre no faltará nunca. Agradecida por su respuesta.

  109. AL MORIR MI MADRE EL VALOR FACILITADO A DECLARAR POR INMUEBLES URBANOS EN BARCELONA ASCIENDE A 641.000€ ME PUEDE INDICAR QUE CANTIDAD TENDRE QUE PAGAR EN CONCEPTO DE IMPUESTO SUCESION

    1. El impuesto de sucesiones se calcula sobre todo el valor de la herencia. Por otro lado hay posibles reducciones que no sé si sería aplicables a su caso. Además hay que tener en cuenta la fiscalidad a la fecha de fallecimiento, por ello una respuesta exacta noes posible dar, pero sin que constituya dictamen y sin ningún tipo de responsabilidad de mi parte, una herencia de a favor de un hijo de 641.0000 euros, siendo aplicable la ley fiscal catalana, pagaría a día de hoy 8.800 euros aprox, aplicando solo la reducción por parentesco. Si se aplicase la reducción por vivienda habitual, si fuere procedente, serían unos 400 euros.

      un saludo

  110. Me gustaría realizarle una consulta.
    El caso es el siguiente: mi madre (todavía viva) tiene una propiedad que me quiere ceder. Esta se encuentra situada en la localidad de Gavà y fue construida en 1930, su valor catastral es de 82.105.53. (valor minimo a declarar). la casa actualmente está ocupada por okupas por lo que no se puede hacer una tasación real. En caso de donación ¿cuanto se tendría que pagar de impuestos y tramites?

    Muchas gracias de antemano.

    1. El trámite es un escritura. El impuesto de sucesiones, en principio sería el 5% del valor. Y las demás consecuencia fiscales, no puedo analizarlas sin ver documentación. Si quiere le podemos hacer un estudio y si quiere venir a Lleida a hacer la donación estaremos encantados de recibirla. Un saludo

  111. Quisiera hacerle una pregunta. Hace 25 años que vivo en pareja sin estar casados y sin estar en el registro de parejas de hecho. ¿Esta situación seria una relación de convivencia de ayuda mutua en la que los adquirientes quedan asimilados al resto de descendientes del grupo II que define el artículo 2? ¿o simplemente sería un extraño?
    Muchas gracias por su atención

    1. Yo creo que ustedes son ya pareja de hecho. Pero quizás no puedan demostrarlo, por ello lo mejor que pueden hacer es constituirse como tal en escritura pública. La acreditación a la larga se la van a exigir, bien en Hacienda, en la Seguridad Social…

      Un saludo

  112. Hola,
    Soy un ingles residente en Barcelona. Mis padres (quines viven en Reino Unido) quieren pasarme dinero (para comprar un piso aquí). Mas o menos €200,000. Si hacen una donación directo creo que tendré que pagar 5% de impuestos. Se puede hacer un “pacto sucesorio” en que este dinero cuenta como un herencia desde ellos? Supongo que pagaría menos impuestos asi, no?
    Gracias

    1. Es una pregunta muy difícil, porque se centra en primer lugar la determinación de la ley aplicable a la sucesión. Pero a primera vista me parece que no será posible evitar el pago de ese 5% por donaciones. Recuerde, además, cumplir los requisitos para tributar solo al 5%.

  113. Buenos días,

    Al realizar el impuesto de suceciones me he bonificado de la vivienda habitual y me ha salido un comprador. Entiendo que he de realizar una rectificación del modelo 650 ¿ lo he de hacer antes de la venta del piso o lo puedo hacer con posterioridad a la venta ( por si acaso finalmente no se vendiera)

    Muchas gracias

  114. ALBERTO RODRIGUEZ MATESANZ

    Buenos dias ,

    Soy heredero de una prima fallecida en Barcelona con un patrimonio de unos 800.000 euros .

    Que cantidad o pocentaje tendría que pagar del Impuesto de Sucesiones ?

    Gracias

    1. Esta página no es un consultorio, ya dar u una respuesta sin ver documentación es muy arriesgado y podría inducirle a error. Si quiere le podemos hacer un informe, a la vista de la documentación que le solicitemos. Un saludo

  115. Mi madre aún vive pero está muy enferma.Deja el dinero de sus cuentas la mitad a mi hermano y la mitad a mi y dos parkings escriturados uno a nombre de mi hermano y otro al mio del que ella es usufructuaria en ambos.Su vivienda habitual la deja a uno de mis dos hijos y nada al otro de mis hijos.Mi hijo al que no deja nada¿podrá reclamar algo?(¿equivalente a una legítima?)¿Tendremos que pagar algo por los parkings que tiene mi madre en usufructo?Gracias.

    1. En principio su hijo no tiene derecho a legítima en la herencia de su abuela. De todos modos esta cuestión y las otras que nos plantea son difíciles de responder sin ver documentación. Si quiere le podemos hacer un estudio a la vista de la documentación que le solicitemos. Un saludo

  116. Buen día: quisiera saber si tengo que pagar por donación en vida. Soy Argentino, con nacionalidad española, resido en barcelona desde el 2009, y hago declaración de la renta desde el 2011.
    Busqué información por convenio que evite doble imposición, pero hasta el momento, no he encontrado nada.
    Muchas gracias por el tiempo!
    Saludos.

  117. Gracias por sus respuestas, en mi caso mis padres fallecieron jóvénes, el piso de L’Hospitalet de Llobregat es de mi padre que falleció en 1985 y no hizo testamento, quedando como usufructuaria mi madre que falleció en 1994, las herederas éramos 3 hermanas y digo éramos porque la mediana falleció en 2012, así que sólo quedamos mi hermana pequeña y yo que soy la mayor, estoy pagando un alquiler en Sabadell y ahora que vence el contrato me tengo que ir, pretendemos comprar un pisito mi pareja y yo pero necesitamos liquidez, le propuse a mi hermana que solucionásemos de una vez la escritura y no quiso, le he propuesto que se tase el piso y que mi 50% lo rehipoteque con su 50%, pero tampoco quiere, como vive allí dice que el piso es suyo, nunca nos ha pagado un céntimo a nosotras por vivir allí, no le quiero quitar el piso, sólo pido lo que es mío, tengo peor situación que ella y o me planto en el piso con mis maletas allí o no sé que hacer, cómo puedo conseguir la escritura que no me quiere dejar o como se puede tasar el piso si no deja entrar a nadie? No entra en razones y me veo desesperada. Gracias y disculpe por todo

    1. A falta de acuerdo no queda más remedio que ir a los juzgados. Si ustedes son dueñas al 50% cada una, el juez habría un sorteo para ver quién se lo queda, y quién se lo quede debería abonar a la otra su valor pericial o de tasación. No es una situación jurídica complicada, pero si es muy desagradable. Muchos ánimos y féliz año.

  118. Un tío mio falleció en mayo de 2016 en Jaén . Nos ha dejado su vivienda a tres sobrinos , valorada en posible venta en 60.000€. Yo vivo en Barcelona y mi pregunta es cuánto tendría que pagar de impuestos. Gracias

  119. Buenas noches,tengo una duda mi padre fallecio en catalunya el noviembre de 2014 siendo residente en catalunya mas de 5 años y me dejo 40000 euros en efectivo de herencia en alemania donde la tiene mi tio.tengo que pagar dinero al estado español?
    Atentamente

  120. Recibi 40000 euros en efectivo de mi padre(aleman)residente en catalunya que fallecio en catalunya el noviembre de 2014.el dinero lo tiene mi tio y mi pregunta es,tengo que declarar en españa?y si es asi tendria que pagar al estado español dinero de esta herencia cuando en alemania estoy exento?

  121. Buenas noches, muy interesante su artículo pero tengo dudas, mi madre falleció en el 2012 y tiene un piso en Barcelona valorado en 70mil aproximadamente, estamos en Venezuela y ella murió en Venezuela, el piso está alquilado y se han pagado los impuestos que corresponden, lo lleva una arrendadora, quiero poner el piso a mi nombre, esto me lleva a pagar algún tipo de multa o impuesto? Muchísimas gracias si pudiera despejarme la duda

  122. Un familiar está separado de su mujer fisicamente, legalmente siguen casados en separacion de bienes en sitges…él Tiene a su esposa en testamento de un piso de aprox 300.000 euros.Que impuesto tendrá que pagar ella¿ porcentaje o cuantía.. Gracias

  123. mari luz sanz alonso

    tengo un piso de propiedad a mi nombre, totalmente pagado, lo adquiri en 1980, y ahora lo quiero poner a nombre de mi marido y mio. vivimos en la provincia de Girona. estamos casados desde el año 1981.
    cuanto costaria hacer este ramite, me refiero a impuestos, gastos de notaria, etc.
    gracias por su atencion

  124. mari luz sanz alonso

    el valor aproximado ahora del mercado esta sobre los 200.000, de hecho cuando nos casamos ya hicimos testamento de él hacia mi, y todo lo mio de antes y despues de casarme hacia él.

    1. El coste de la donación sería el 55 del valor donado, en su caso 100.000 si se dona la mitad. pero debe de tener en cuenta la repercusión en renta para el donante y el pago de la plusvalía, cuyo importe depende de variables que desconozco. lo único que le digo es que muy probablemente no sea necesario hacer la donación, pero es un chat poco más debo decir. si quiere puede concertar una cita y hablamos largo y tendido.

  125. Hola, mi novio quiere regalar a mi madre, que actualmente reside en Cataluña, una cantidad de 20000 euros.
    Cuál es el procedimiento que hay que llevar a cabo y cuánto dinero le tocaría pagar a mi madre. Me gustaría resaltar que mi novio es Alemán y reside en Alemania, ya que no se si eso es un problema.
    Muchas gracias

  126. Buenos días. ¿Un hermano en que grupo de reducciones queda englobado en Cataluña, II o III?
    Tenia entendido que era grupo II pero por lo descrito en su artículo entiendo que es grupo III
    Gracias

  127. Hola Luis,

    Mi pregunta es la siguiente. Mis padres me quieren donar dinero para comprar un piso, soy residente en Catalunya (donde se compraría el inmueble) pero ellos viven en Argentina. La donación estaría regida por la ley de Argentina, de España, de Catalunya, o de alguna combinación de estas?

    Habría algún mecanismo por el cual, llegado el caso, podría reducir el monto imponible? Por ejemplo, que sea un préstamo de mis padres?

    Muchas gracias

  128. Buenas!mi padre tiene un piso valorado en 150000€.Actualmente ocupado por mi hermano,ya que vivian juntos y lo ingreso en una residencia.Mi madre fallecio en 2012,con testamento hecho.50% padre y el otro 50% mi hermano y yo.Mi padre esta dispuesto a hacer donacion,con la venta del piso,pero no me hablo con mi hermano.Que es mas factible esperar herencia o hacer donacion?Hospitalet del llobregat.Gracias,saludos.

  129. Buenos días, mi marido acaba de fallecer, el era viudo en su día con tres hijos que renunciaron a la parte que les correspondía en su día por el piso al fallecer la madre, todo ante notario. El piso es de su propiedad, en el testamento me nombra heredera universal, y también tenemos una casa por la que se esta pagando hipoteca, yo debo aceptar la herencia claro, y cuanto habría de pagar?
    Muchas gracias

  130. Mis padres tienen un piso en Terrassa valorado en 250.000€, nos lo dejaran en herencia en 4 partes iguales a hijos y sobrinos, a mi como hijo me dejan un 25%. Cuanto me tocará pagar? Gracias

  131. Rosario Garcia Zamora

    Hola buenos dias: En septiembre falleció nuestra madre, somos tres hermanos en testamento somos los tres a partes iguales el valor de la herencia son 80000 Euros en vivienda y parquing y 1200 euros en cuenta que cuanto tenemos tenemos que pagar de impuesto de sucesión ? es en Cataluña. Gracias anticipadas.

  132. Hola¡ mi caso no s el siguiente mi tía soltera y con un hijo falleció en agosto cuatro meses después mi primo su hijo . El heredero de mi tía era su hijo su hijo mi primo, dejo herencia a mi y a otra persona que es prima segunda . No acepto la herencia de mi tía no le dio tiempo . Ahora me dicen, que tengo que aceptar su herencia y luego aceptar la de mi tía para heredar un local comercial en Barcelona. Cuánto debemos pagar d impuestos de sucesiones. Estoy muy preocupada .
    Muchas gracias

  133. Somos todos de Barcelona. Mi tía soltera y sin hijos deja su herencia repartida en 3 partes, 2 partes para los sobrinos hijos de 2 hermos y otra parte a un hermano que vive. Con su hermano tiene una cuenta bancaria, de esta cuenta toca algo a los sobrinos?. Gracias.

  134. Hola buenas mi tio soltero fallecio este año pasado. Dejando su casa valorada en unos 120.000 euros a mi madre que es su hermana convive con el mas de 15 años y ella tiene 72 años. A mi como sobrino me deja tambien en testamento 1 hectarea de tierra. A parte de tener una cuenta los siendo titulares de 30.000 euros. Pero existe otra hermana. 15000 seria a repartir entre las hermanas. Quieren renunciar al dinero y mi madre quiere hacerme dueño de la casa. Cuanto me supondrian las costas aqui en catalunya. Gracias

    1. Esta página no es un consultorio, solamente una llamada a un correcto asesoramiento. Si quiere le podemos hacer un informe, pero sería osado opinar, a riesgo de causarle confusión, sin ver ningún tipo de documentación.

  135. En primer lugar, felicitarle y agradecerle su blog, que tanta ayuda nos proporciona.
    Querría por favor hacerle dos preguntas:
    1-Estoy separado judicialmente de mi esposa, pero hemos seguido una convivencia en el mismo domicilio. Tengo hecho testamento donde especifico que no quiero que reciba nada de mi y que sean sólo mis tres hijos los únicos herederos. Por otro lado yo trabajo un montón de horas extra y genero ingresos y ella prácticamente nada. Puede reclamarme alguna legítima intentando demostrar que es pareja de hecho?
    2- Mis hijos, a partes iguales, deberán pagar un impuesto de sucesión además de la plusvalía? Es mejor que les haga una donación en vida quedando yo como usufructuario?
    Muchísimas gracias

  136. Buenas, soy una chica de 22 años que vive con sus padres. El hecho es que mi vecina (sin parentesco familiar) me ha dejado de heredera en el testamento de su piso en Manresa valorado en 80.000€ ya que des de pequeña me ha cuidado y ahora q es mayor la visito constantemente y es para mi como una abuela. Ella tiene unicamente 2 sobrinas como familia con las cuales no se relaciona y ella no las ha nombrado en el testamento en ningun momento. Cuanto me tocarà pagar en impuestos para poder acceptar la herencia? Puedo reducirlo de alguna manera? Pueden las sobrinas reclamarme algo?

    1. Esta página no es un consultorio y no puede suplir un análisis del caso particular con todas sus circunstancias. Si usted no puede acogerse a ningún beneficio, el tipo rondará el 20%.Pero esta respuesta no es ningún dictamen profesional insisto.

  137. Hola,mi pregunta es, tengo un prima hermana,que la unica familia que tiene soy yo,y tambien soy su tutora legal,pus esta incapacitada total,y tiene una vivienda en catalunya,en la cual vivo yo,pues ella esta en una residencia .ha la hora de heredar si no hay testamento ,cual es la cantidad que yo tendria que pagar , soy mayor de 65 años.el valor de la vivienda es aproximadamente. 80.000€ gracias

  138. Agradeciendo de antemano su respuesta le paso mi pregunta : . En Barcelona Cat. mis padres ha hecho testamento ante notario nombrándome ami como heredero de todos sus bienes que se componen de una plaza de parquin valorada en 6000@, un piso val. en 300.000 @ y una cta de 140.000 @.( Soy hijo único ) Desgraciadamente en su día cuanto tendría que pagar. Atte J. Graupere.

  139. Buenas tardes, mi madre falleció y dejo testamento para mi hermano y para mi. Vivimos en Barcelona.
    Que tenemos que pagar por el piso (tasado en 100.000€)
    Gracias

    1. Yo no estaría muy preocupado por el importe, que será asumible. Una herencia de ese importe, aplicando la reducción de vivienda habitual, rondaría los 800 euros. Para más información le podemos hacer un informe escrito

    2. La reducción por parentesco que tiene es de 8000, pero claro no se si usted puede aplicar alguna otra reducción. No creo que menos de 6000 euros, pero si quiere más información le podemos hacer un informe escrito.

  140. josé manuel mantero gutiérrez

    Hola, buenas noches, gracias de antemano por su magnífica información.
    De acuerdo con lo que se explica en su página sobre la: ” Situación Convivencial de Ayuda Mútua”. Le agradecería me dijera que requisitos se requieren para obtener dicha Situación. Y cómo se debe proceder para obtenerla.
    Deseando obtener respuesta, reciba un saludo cordial.

  141. Buenos días, en 2008 murió mi padre pero como mi abuela y mi madre vivan en la casa no se hizo nada, el año pasado murió mi abuela y tampoco hicimos nada, yo estaba pasando por
    Una enfermedad y no me veía ok fuerza. Que debería hacer para intentar solucionar el tema. Muchas gracias

  142. Buenas tardes, mi madre se casó en segundas nupcias, hace 40 años en Barcelona, cada uno tenía hijos de anteriores relaciones. A lo largo de los años han comprado dos viviendas una muy pequeña y otra donde residen actualmente, han hecho testamento y el marido de mi madre ha dispuesto que su parte se la queden sus dos hijas y el resto es de mi madre y según me ha dicho sería de nosotros sus cinco hijos, ¿qué pasaría si muriese su marido y las hijas quieren su parte? ¿echarían a mi madre de la casa?. Según ellos han dispuesto que, al fallecer uno u otro los hijos no pueden hacer uso de los bienes hasta que no fallezcan los dos, he de decir que las hijas de mi padre no se hablan con él, a la hora de tributar, qué cantidad sería para cada uno.Que tristeza tener que hacer esta consulta.

  143. Hola soy único heredero mediante testamento de mi tía que vive en un piso de su propiedad en Mataró con valor catastral de 60.000 euros, no deja más propiedades, ni dinero. Me gustaría saber cuanto tendría que pagar en caso de fallecimiento.
    Gracias

  144. Buenas tardes.
    Quisiera hacer una pregunta.
    Mi madre lleva ingresada en residencia hace 6 años, somos 3 hermanos, y existe un testamento que me hace heredero de un piso de 90 m².en Terrassa (Barcelona)
    Cuando fallezca yo tendré que pagar a ellos la legitima, mas la plusvalía, mas el impuesto de sucesiones, y no se si algo mas.
    Me pueden informar un poco mas?
    Suben mucho estas cantidades?
    A veces pienso que quizás seria mas conveniente vender el piso antes. Que opinan?

  145. pilar de dios esteban

    mi madre acaba de fallecer 29.01.2017 y estamos esperando las ultimas voluntades, pero en un principio su piso que en el mercado puede llegar a los 80000 euros (no ibi) quiero quedármelo. somos solo mi hermano y yo. si acordamos el precio cuanto trendria que pagar? en realidad es que no sabemos cuanto hay que pagar de sucesión y de notario. podría informar de los tramites? y si podemos ir físicamente? estamos totalmente perdidos en lo que tenemos que hacer. gracias

  146. Hola!!Luis!!!Mi madre quiere dejar a mi hermano y a mi un piso al 50% cito en Cataluña,mi madre es residente de dicha comunidad autónoma (Cataluña),mi hermano también lo es,pero yo soy residente Norteamericano(ES DECIR, no soy residente COMUNITARIO) tengo entendido que se me aplicara la Ley Estatal,el piso debe de tener un valor de 300 000 Euros…tanto mi hermano como yo, no tenemos una fortuna previa de mas de 400 000 y pertenecemos al grado 2 de parentesco, la propiedad no seria vivienda habitual…necesito saber la cantidad aproximada del impuesto de sucesiones para ver si acepto la herencia…disfruto y aprendo mucho de su pagina..gracias .

  147. La últimas voluntades de mi madre aun no están abiertas, pero sé que un piso ( Catalunya ) es para mi hijo ( o sea el nieto de la difunta ) y es menor de edad 12 años y encima vivimos en Bruselas con documentos nacionalidad Belgas cuanto hay que pagar (+.-) si el piso tiene un valor hoy venta libre de 175-200000.-€ Recuerdo el hijo es menor de edad, sin ingresos.

  148. Mi madre es viuda. Tiene 85 años y vive en un apartamento en cataluña. Tambien tiene tierras en andalucia unas rústicas y otra urbana. Tengo una hermana que ultimamente no nos llevamos muy bien y ya me dió a entender que queria la casa para su hijo de 20 años, pero sin pagarme ni una parte del alquiler y tampoco me quiere comprar mi parte. Yo le comenté que no podia obligarme a tener nada a medias con ella y que sino nos poniamos de acuerdo iriamos a los tribunales. A raiz de eso, siempre tenemos punto de vista diferentes en todo…
    Ahora he visto lo de los impuestos por sucesiones y no se a cuanto podria ascender, que porcentajes se aplicarian tanto al apartamento como a las tierras (que estan en otra comunidad), y como se puede saber antes de aceptar la herencia. Y como se pueden dividir todas la propiedades en partes iguales. Gracias

    1. La fiscalidad de esa herencia se regirá, parece, por ley catalana, con independencia del lugar donde radiquen los bienes. De padres a hijos y con patrimonios pequeños o medianos, la fiscalidad sera mUy escasa.

  149. Mi pareja de hecho ( ante notario) ha fallecido hace un mes. Tengo un hijo de 3 años , que no es hijo ni heredero de mi pareja, que es legatario en su testamento . Ambos teníamos nuestra residencia en Catalunya. ? Tiene mi hijo alguna reducción en el pago de impuestos de sucesión? Muchas gracias

  150. Residencia en Cataluña. Piso 50% él, 50% ella. Segundos matrimonios. El 2 hijos y ella 3 anteriores matrimonios. Sin descendencia entre ellos. Testamento ya hecho, de uno para el otro y al final, con el ultimo de los cónyuges fallecidos, 50% para los hijos de él y 50% para los de ella. Atendido que tres de los cinco herederos están domiciliados en provincias distintas y no ser operativo el alquiler o los pagos de servicios, impuestos, etc., los cónyuges desean que, al fallecer, el piso se venda a la mayor brevedad y se reparta su venta en los porcentajes citados. ¿Qué se debería hacer para que se cumpla este deseo final de los cónyuges una vez desaparecidos los dos?

  151. He recibido una herencia de 2 pisos , 2 parquin y 450.000 euros en acciones …. mi pregunta es cuanto tengo que pagar de impuesto ya no soy pariente de la persona que me heredo ya que un abogado que se me delego me dice que son mas de 400.000 euros en impuesto .. Gracias por la atención me podría ayudar

  152. Mi madre a fallecido y somos 8 hermanos, en herencia hay un piso en Mataro valorado en 100.000€ del cual el 50% es la herencia por parte de mi padre repartida la legítima entre los 8 y el el otro 50% es la parte de mi madre que me ha dejado como heredero universal. Cúanto tendré que pagar del impuesto de sucesiones?

      1. Hola buenos dias soy de barcelona y cuando me compre el piso puse a mis padres estamos en la escritura yo y mis dos padres tengo dos hermanas mas pero en el testamento mis padres han puesto que su parte me lo dejan solo a mi. Mi pregunta es esta es la mejor opcion y que deberia pagar por su parte de sucesion si el piso esta valorado en 100.000 euros en la actualidad

  153. Hola, buenas tardes.
    Tengo una tía que reside en Barcelona desde hace más de cincuenta años. En su testamento me deja unas propiedades en Aragón (casa en un pueblo valorada en unos 18000 euros y algunas tierras de escaso valor). Yo resido en Aragón.
    Al tratarse de dos comunidades autónomas distintas, ¿Habría que aplicar el impuesto de sucesiones de Cataluña o el de Aragón? ¿ A cuanto ascendería (más/menos) dicho impuesto de sucesiones a pagar cuando llegue el momento? ¿Qué tipo se aplicaría?
    Muchas gracias.

    1. Se aplica la ley fiscal correspondiente a la residencia habitual del fallecido. En si caso por lo que me dice, CATALUNYA. desde nuestro despacho le podemos hacer toda la tramitación fiscal, juntamente con la firma de la escritura. Puede remitirnos toda la documentación por correo, y venir solo para el día de la firma.

  154. Hola buenos días.
    Tengo una libreta de depósito compartida con mi padre con 65.000 euros. El dinero es mío però en su momento ya hace años puse como cotitular a mi padre por si me pasaba algo. Resido en Catalunya. Ahora quiero sacar el nombre de mi padre porque se está haciendo mayor y me preocupa que le pase algo y mi hermano me reclame la mitad de mi dinero. Que tengo que hacer para que no me afecte a nivel fiscal? porque representa que si saco su nombre me da una donación y tengo que pagar impuestos de mi propio dinero? Podría sacar el dinero poco a poco a otra cuenta de depósito sin que me afectase a nivel fiscal? Muchas gracias.

  155. Mi madre tiene 89años tiene demencia vive conmigo pero tiene su casa alquilada. Somos dos hermanos pero mi hermano hace años que no se preocupa por ella por lo que cuando estaba bien hizo testamento y me hizo heredera iniversal dejandole a el la legitima. Quisiera saber cuando fallezca mi madre cuanto tendre que pagar a hacienda. Creo que la casa valdra unos 175 mil €. Gracias

  156. Vivo con mis padres en una vivienda unifamiliar de Palau-Solità i Plegamans (Barcelona) y está valorada en 360.000 euros (según el perito tasador de la compañía de seguros de la póliza que acabamos de contratar). Si mis padres fallecieran y yo me quedará con la vivienda: ¿Cuánto debería pagar por el impuesto de sucesiones? Según mis cálculos se debería aplicar un descuento del 95% sobre el valor de la vivienda por lo que quedaría una cantidad a tributar de 18.000 € y aplicando el 7% a esa cantidad sería 1.260 €. ¿ Es correcto? Muchas gracias por su atención

      1. Hola,
        El piso en el que vivo esta a nombre mio y de mi hermano.
        Ahora el quiere hacer una cesion de su parte a nuestra madre que vive conmigo.
        El valor catastral del piso es de 8.000€
        Saldria muy caro hacer esta cesion?

        Natalia

  157. Buenas tardes. El pasado dia 7 de este mes, a las 16,38, les solicité su contestación a una cuestión que me preocupa y que no logro aclarar. Figura en este foro con la nota “tu comentario está pendiente de moderación”, cosa que me extraña porque solucionan sus consultas casi en el mismo día. Desconozco si me pregunta es muy compleja o necesitan aclaraciones a la citada cuestión, en cuyo caso les agradecería me lo solicitaran y muy gustosamente se las haría seguir. Muchas gracias por su atención y un saludo.

  158. Hola buenos días, mi padre de 81 años, tiene una cuenta corriente con 80.000 euros, con la que yo estoy como autorizado. quisiera saber si estuviera como cotitular, ¿cuanto me supondría a la hora de hacer la declaración de hacienda anual?, o si es mejor continuar como autorizado, cuando mi padre fallezca, teniendo hecho testamento.
    GRACIAS.

    1. es imposible de responder con los datos que nos da. Me imagino que la diferencia sería casi inexistente, pues solo tendría que integrar en su base imponible los rendimientos que generase la cuenta corriente. Lo que esto puede suponer depende de su renta global, que desconozco. De todos modos mi consejo, es ajustarse a la realidad, y si el dinero es de su padre, que siga a nombre de su padre y si tiene necesidad que se lo gestionen que se haga un poder notarial.

  159. Buenas tardes, mi tia-abuela, esta arreglando su testamento y quiere que herede un piso en Barcelons con valor catastral de 60.000 euros mas una cantidad en efectivo de 90.000 euros. No tiene mas descendencia, es soltera. Que importe aproximado me tocaria pagar por impuesto de sucesión?
    O se pagaria menos por donación en vida?
    Gracias

    1. Normalmente es más barato heredar. Dicho esto, con estos datos resulta difícil dar un coste exacto, y de todos modos le insisto como a otros muchos, que esta web no es un consultorio. Si quiere le podemos hacer un informe, en base a la documentación que le solicitemos

  160. HOla Luis,

    Le cuento: mi padre (adoptivo) fallecio recientemente y mi hermano (unidos por madre) recibio la herencia. Me tiene que hacer una donacion de la mitad recibida y estoy intentando averiguar el importe que tengo que pagar… parece ser que somos grado III de parentesco y no se aplicaria ninguna reduccion. (tengo que recibir 70mil euros , y mi gestor me dice que tendria que pagar 8900€)
    Es correcto?

  161. Mi hermana tiene su residencia en Mataró desde hace 30 años y no tiene hijos, solo me tiene a mi . Si mi residencia es en Almería ¿ la liquidación del impuesto se hace por la normativa de la Comunidad de Cataluña o por la de la comunidad de Andalucía?. ¿ lo bienes de Cataluña (piso) seria por Cataluña y las tierras de invernaderos de Almería por Andalucía?
    En Testamento me tiene puesto como heredera y en sustitución mis descendientes. Si en el momento de fallecer mi hermana yo también he fallecido ¿ pasaría toda la herencia directamente a mis hijos pagando ellos el impuesto? o pasaría primero a mi y luego a ellos pagando así dos impuestos
    muchas gracias

  162. Mi padre falleció y somos tres hermanos. Tenía una vivienda que se valora en 140 mil euros. Una cuenta con 17 mil euros y un seguro de vida que aún no sabemos mucho pero que rondará los 25 mil euros.
    Cuánto sería el impuesto de sucesión para aceptar la herencia?
    Gracias.

  163. Hola Sr Luis Prados
    mi pregunta es : mi madre viuda acaba de fallecer y en su cuenta tiene unos 200.000 euros y un piso que hace 8 años les costo 300.000,somos 2 hermanos ME GUSTARIA SABER cuanto nos costara la aceptación herencia cuando vayamos al NOTARIO.

    GRACIAS

    1. Los honorarios notariales están fijados por un RD de 1989, en el que se incluye el asesoramiento correspondiente. En algunas notarías, le realización también, como servicio aparte la confección de los modelos fiscales y los trámites de inscripción en el registro de la Propiedad. De todos modos le digo que no hacemos presupuestos, sin saber el contenido real del documento, a riesgo de poder crear confusión o error. Y por otro lado no le puede decir un presupuesto que le vincule en cualquier notaría.

  164. Hola, mi tío falleció en 2015 ,no tenía testamento. Tenía un seguro de vida una cuenta con 3000 euros y una casa que me e quedado yo por donación de los demas(somo 13 personas,3 hermanos y 10 sobrino), mi pregunta es ,¿ quien tiene que pagar el impuesto de sucesión? ¿ Yo por quedarme la casa y recibo más parte o todos porque todos cobramos del seguro de vida ?

  165. Agradecería poder saber mas o menos cuanto me va a costar la aceptación de herencia la cual es de una casa en barcelona capital ( 1ª residencia de mi madre fallecida) y otra vivienda en cabrera de mar la cual era segunda residencia, y una tercera en galicia la cual es el 50% de ella en total tres viviendas y yo soy hijo unico , no se cual es el valor real de dichas viviendas gracias.

  166. Piso en Barcelona que un padre quiere dar a su hija. La hija ha cumplido 36 años en enero de 2017.
    ¿Se puede aplicar la reducción de 60.000 €, si va a constituir su primera residencia habitual?

    1. Artículo 54 Supuesto de aplicación

      1. En las donaciones a descendientes de una vivienda que debe constituir su primera vivienda habitual o de dinero destinado a la adquisición de dicha primera vivienda habitual, puede aplicarse una reducción del 95% del valor de la vivienda o el importe dados, con una reducción máxima de 60.000 euros, límite que se fija en 120.000 euros para los donatarios que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

      2. Los importes máximos que fija el apartado 1 se aplican tanto en caso de una única donación como en caso de donaciones sucesivas o simultáneas, que a tal efecto son acumulables, tanto si son exclusivamente dinerarias como si combinan donación de vivienda y donación de dinero, y tanto si provienen del mismo ascendiente como si provienen de diferentes ascendientes. En las donaciones de dinero, la reducción sólo puede aplicarse, con los límites mencionados, a las que se han hecho dentro de los tres meses anteriores a la adquisición de la vivienda, de acuerdo con lo establecido por la letra d del artículo 55.1.

      Artículo 55 Requisitos

      1. Para poder disfrutar de la reducción establecida en la presente sección, es preciso que se cumplan los requisitos siguientes:

      a) La donación debe formalizarse en escritura pública, en la cual debe hacerse constar de forma expresa que el dinero se da para que se destine a la adquisición de la primera vivienda habitual del donatario o que la vivienda se da para que se convierta en vivienda habitual del donatario. En caso de donación dineraria, la escritura pública debe otorgarse en el plazo de un mes a contar desde la entrega del dinero.
      b) El donatario no puede tener más de treinta y seis años, salvo que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
      c) La base imponible total de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas presentada por el donatario no puede ser superior, restando los mínimos personal y familiar, a 36.000 euros.
      d) En caso de donaciones de dinero, el donatario debe adquirir la vivienda en el plazo de tres meses a contar desde la fecha de la donación o, si hay donaciones sucesivas, a contar desde la fecha de la primera donación.
      2. A efectos de la aplicación de la reducción establecida en la presente sección:

      a) Se considera vivienda habitual la vivienda que cumple los requisitos y se ajusta a la definición que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas, sin perjuicio de que puedan considerarse como vivienda habitual, conjuntamente con esta vivienda, un trastero y hasta dos plazas de aparcamiento, pese a que no hayan sido adquiridos simultáneamente en unidad de acto, si están ubicados en el mismo edificio o complejo urbanístico y si en el momento de la transmisión se encuentran a disposición de los donantes, sin haber sido cedidos a terceros.
      b) Se considera adquisición de la primera vivienda habitual la adquisición en plena propiedad de la totalidad de la vivienda o, en caso de cónyuges o futuros contrayentes, de una parte indivisa de la vivienda.
      Sección octava

  167. Buenas tardes,
    Mis padres tienen una casa tasada en un millon de euros, en la provincia de Lleida, somos 4 hermanos. la casa tiene 46 años de antiguedad. Cuanto tendríamos que pagar por el impuesto de sucesiones? 1 de ellos tiene una discapacidad de un 33% que pasaría al respecto?

  168. Mi madre es viuda y tiene hecho testamento su preocupación es que sus ahorros que ascienden a 60000 € nos los dejará a partes iguales a sus cuatro hijos, cuanto tendríamos que pagar, no hay ningún otro bien. Vivimos en Cataluña. Gracias

  169. Vivimos en Cataluña, somos 4 hermanos y mi madre solo tiene una cuenta con 60000€ que será para nosotros s partes iguales, pero su inquietud es saber si cuando ella yano esté, tenemos que pagar algo. Tiene testamento
    Gracias

  170. Hola Sr Luis Prados
    mi pregunta es : mi madre viuda acaba de fallecer y en su cuenta tiene unos 200.000 euros y un piso que hace 8 años les costo 300.000,somos 2 hermanos ME GUSTARIA SABER , cuanto tendremos que pagar a hacienda o al ser hijos estamos exentos de pagar impuestos.

    gracias

  171. Hola Sr Luis Prados
    mi pregunta es : mi madre viuda acaba de fallecer y en su cuenta tiene unos 200.000 euros y un piso que hace 8 años les costo 300.000,somos 2 hermanos ME GUSTARIA SABERsi hacienda se queda algun porcentaje de nuestra herencia
    gracias

  172. hola, mi abuelo acaba de fallecer este vivia en cordoba , deja un testamento hecho diciendo que deja la mitad por bienes gananciales a su segunda mujer que es con la que vivia y el otro 50 % ciento se lo deja a partes iguales a sus dos hijos y el usufructo universal y vitalicio a su mujer, tenia una casa valorada en 54000 euros y algo de dinero unos 40000 euros total unos 95000 euros a dividir en 50 / 25/25 % .Unos de los hijos acepta el otro por deudas no quiere aceptarla y quiere repudiar la herencia a fabor de su hermana ya que tampoco quiere que vaya a sus propios hijos. segun entiendo la hermana que acepta debe pagar en andalucia el inpuesto de sucesion y pagar la donacion que le hace el segundo hermano en cataluña que es donde vive no? aparte de todo esto que tanto por ciento se pagaria?. gracias

  173. Hola, recientemente ha fallecido mi padre y en el testamento aparecemos mi hermana y yo como herederos universales. Los bienes a heredar son el 40% de la vivienda habitual valorada en unos 800.000 Euros en el Baix llobregat, en el momento de la compra hace más de 15 años ya nos asignó un 25% de la propiedad a cada hijo. Por otro lado existen cuentas bancarias por valor de 650.000 Euros de los cuales en el 50% aparece mi madre como cotitular de la cuenta. Nos preocupa poder hacer frente a los impuestos derivados de esta herencia así como si mi madre conservaría el importe de las cuentas en las que aparece como cotitular sin tener que abonar impuestos. Muchas Gracias por su tiempo.

  174. Hola, Vivo en el piso de mi madre desde siempre,que compró cuando mi padre falleció, pero lo hemos pagado entre las dos y además ella hizo testamento a mi favor hace años. El piso solo esta a nombre de mi madre pero la cuenta bancaria está a nombre de las dos. El valor no asciende a 160.000€. No de catastro. Deberé pagar mucho por impuesto de sucesión en Cataluña.

  175. En población de Barcelona, vivo desde hace 35 años en piso propiedad de mi madre, es mi vivienda legal ¿Qué nos saldría más económico, donación o herencia? Gracias. A la hora de pagar los distintos impuestos, tanto de una cosa como de la otra, ¿Se tendré en cuenta que ees vivienda habitual?

  176. Buenas tardes. Mi hermano acaba de morir en Barcelona donde tenía su residencia habitual. No había hecho testamento porque no tenía ningún bien, únicamente una cuenta bancaria con un saldo al día de su fallecimiento de 10 euros. Somos 2 hermanos del fallecido que vivimos en Albacete. Por favor Sr. Prados, me podría decir si tenemos que presentar el modelo 650 o simplemente valdría con una declaración de que mi hermano no poseía ningún bien. En este caso, donde habría que enviarla? Muchas gracias de antemano y un saludo.

  177. Buenos días y muchas gracias por su ayuda. Cual sería aproximadamente el impuesto para donación a 1 hijo de una vivienda que ya actualmente es su vivienda habitual. El valor seria de unos 150000 €. He estado mirado y he visto que hay bonificación hasta 60000 €, pero no se calcular el resto. Me gustaría saber un importe apro. Es en la provincia de Barcelona

  178. Disculpe, el importe que le he puesto es el valor catastral que indica el IBI. Ahora leo que para el valor correcto hay que aplicar un factor de corrección que va de 1.8 a 2.3

  179. La vivienda donde resido con mi marido e hijas es de mi madre, que también convive conmigo. Es nuestra vivienda habitual (Barcelona). Somos 3 hermanos. Precio estimado, unos 360.000€. El día que fallezca mi madre, si mis hermanos me permiten seguir viviendo en ella. ¿hemos de pagar los 3 hermanos el mismo importe de impuesto de sucesiones?¿hay bonificación por ser mi vivienda habitual, o no sale a cuenta pedir bonificación por si se ha de vender la vivienda?
    Gracias

  180. Mi padre falleció hace 17 años y tuvimos que renunciar a la herencia (más deudas que bienes, algunas con las administraciones : seguridad social, hacienda)
    Ahora vemos que existen dos planes de pensiones cuyo beneficiario es el cónyuge (mi madre) uno de unos 6000€ y otro de unos 700€. ¿Puede mi madre reclamar ahora ese dinero? ¿Podría tener problemas con las administraciones? ¿un plan de pensiones es tratado como herencia?
    Gracias.

  181. Buenas noches sr.Prados. Mi hermana y yo vamos a heredar de una tía la mitad de una casa con valor catastral total de 80.000 euros y en efectivo unos 75.000 euros. Todo esto en Catalunya. Cuanto tendremos que pagar cada uno aproximadamente ya que heredamos a partes iguales. Gracias. Un saludo.

    1. Depende de quién hereden, pero si es de sus padres, las herencias hasta 100.000 euros por hijo, no pagan nada. Eso siempre y cuando sea aplicable la ley catalana, lo cual depende de la residencia del fallecido.

      1. Perdone, se trata de una tía. Heredamos la mitad de la casa con valor catastral total de 80.000 euros, es decir, 40.000 euros y en efectivo unos 75.000 euros. Un saludo y gracias por su tiempo.

  182. Resido en la ciudad de Lérida (Cataluña).En 1981 compré un local comercial por el precio escriturado de 900.000,- Pesetas (5.409,11 €), aunque realmente pagué 12.871,88 € (2.141.700,– Pts.)
    El valor catastral del suelo en 2017, según Catastro es de 25.950,07 €. y el próximo 04-04-2017 escrituraremos la venta del mismo por 60.000,– €. Tengo reconocida una inutilidad del 33%.
    ¿Serían tan amables de darme a conocer el importe que debería pagar aproximadamente al Ayuntamiento de Lérida por el concepto de Plus Valía ?.

  183. Por la operación referida en el comentario que precede a éste de Teresa María, me han aconsejado que por contar con 79 años de edad podría acogerme al producto de exención de impuestos por reinversión en RENTAS VITALICIAS de los 60.000,–€. de la venta del inmueble que me pagarán.
    A simple vista parece seducible el hecho de no tener que pagar impuestos, pero mi preocupación es que los tengan que pagar con creces mis herederos a mi fallecimiento, en este caso mis tres hijos y seis nietos. ¿Les agradeceré una clarividente explicación sobre los pros y contras de este clase de producto, ya que si por un lado no lo puedes rescatar en vida si lo necesitas, mientras que por otro trasmites la obligación del pago de impuestos a tus derecho habientes, de poco o nada sirve este aparente negocio.

  184. Deseo donar en vida a mi marido mi mitad de la vivienda que adquirimos, a nombre de los dos, en el año 2001 por un importe de un millon de euros, que porcentaje sobre su valor actual tendre que pagar a Hacienda por esta donacion?. Gracias

    1. esta página no es un consultorio, sino una llamada a un correcto asesoramiento. Con lo datos que nos da es imposible hacer un calculo de todos los impuestos que puede generar esa donación. Si quiere puede concertar una cita con nosotros y estaremos encantados de atenderla.
      Un saludo.

  185. tengo derecho legitima de 100000 euros somo 6 hermanos, y la unica legitimaria soy yo, los cinco restante son herederos, que coste tendria por parte mia de aceptar la legitima y si se tiene que declarar en irpf, en catalunya

  186. Hola
    Vivo en Barcelona y tengo un piso en Chile , si al venderlo mi madre me envía los 150.000 euros a Barcelona ( la propiedad esta a mi nombre y a el de ella )
    cuanto impuesto debo pagar ?
    Gracias

  187. Buenos días y disculpe pero le pido una aproximación , gracias.
    Vivo con mi hijo en vivienda habitual valor escriturado 300000€, segundo piso al 50% valor 200000€, cuentas efectivo 300000€.Todo en Cataluña. Cuando mi hijo herede todo, aproximadamente cuanto debería pagar de impuesto sucesiones, dejando aparte lo municipal.? Gracias.

    1. Todo dependerá de cual sea la legislación aplicable cuando usted fallezca. De todos modos como vengo insistiendo en muchas contestaciones esta página no es un consultorio. La pregunta que me hace supone para mi un trabajo y una responsabilidad. Por ello, si quiere puede concertar una cita con nosotros y le atenderemos muy gustosamente y contestaremos con fundamento y celeridad todas sus dudas.
      Un saludo

  188. mi madre tiene el testamento a partes iguales entre sus dos hijas, yo vivo con ella y tengo una minusvalía del 66%, si mi hermana quisiera vender el piso podría echarme a la calle si pago yo todos los gastos , contribución y hace más de 30 años que vivo aquí, vivo en Catalunya y actualmente ya tenemos el 50% del piso como herencia de mi padre fallecido

  189. Mi mujer es hija única de viuda con testamento hecho, en principio, a su favor. Vivimos con ella desde hace 18 años. Posee en propiedad el piso en una población de Barcelona , de unos 70 mts. cuadrados, y unas 3 hectáreas de tierras de cultivo en Burgos. Además, 2 cuentas bancarias como planes de vida, con un cómputo global de unos 20.000€. Cuánto se podría llegar a pagar en impuestos por heredarlo todo? Sería más económico hacer una donación en vida de bienes inmuebles, y un cambio de nombre en las cuentas? Muchas gracias.

  190. He heredado un piso que era de mis padres, como no lo necesito quiero venderlo pero alguien me ha comentado que si lo vendo antes de transcurrir 5 años desde la aceptación de la herencia, Hacienda me va a “pegar un palo”???????????????. ¿Esto es así?. Gracias

  191. Hola buenos dias,
    Mi madre ha fallecido hace una semana, soy hija unica y me deja en herencia un piso, del que tengo un 30% de la propiedad y ella tenia un 70%, actualmente es mi primera vivienda. (es decir que resido en el)
    El piso esta en Esterri d’àneu en la provincia de lerida y en su dia costo unos 120.000 ( en el año 2000)

    Solo quisiera saber que tendré que pagar aproximadamente. (solo una aproximacion + o -)
    Muchas gracias.
    laura.

    1. Esta página no es un consultorio on line. Con los datos que nos da es imposible hacer un cálculo, pues hay que partir de valores actuales.
      Concierte una cita con nosotros y le informaremos de todos los aspectos de la sucesión de su madre, y la forma más económica en términos fiscales.

      Un saludo

  192. Hola,
    Respecto a los seguros de vida (ej. SIALP, PIAS y Rentas Vitalicias), cuál es la tributación en Cataluña por sucesiones y donaciones de estos productos? Independientemente del grado de parentesco.

    Gracias.

  193. Mi madre me ha hecho donación en vida de una casa (mi vivienda habitual) y una tierras, ya se pago el impuesto de donación y plusvalía, ahora de cara a la declaración de renta de mi madre debe para IRPF por la valoracion el incremento patrimonial, ¿cual es la tabla de aplicación de este impuesto?, ¿existe algún factor corrector?, estamos en Catalunya. Un saludo. Muchas gracias

  194. Mi pareja ha hecho testamento y me ha dejado a mi como heredera universal. No estamos casados, sólo somos pareja. No tiene propiedades, únicamente dinero y un coche.
    Que documentación necesito presentar yo y que debería de pagar yo en el caso de heredar 100.000 euros en cuentas bancarias.
    Tengo alguna dificultad por no ser familiar o los trámites son los mismos?

    Gracias.

  195. Josep Ayuso Estañol

    Bunas tardes. Una tia nuestra ha dejado en herencia el piso que habitaba en Girona a los sobrinos (3er grado). Al ser vivienda habitual tenemos derecho a aplicar alguna bonificación adicional alos 8.000 Eur que hay como deducción genérica?? En otra finca y en el dinero entiendo que no es posible, pero no claro si la vivienda habitual me lo permite. Muchas gracias

    1. Josep Ayuso Estañol

      Perdone Sr. Prados, quería decir que no tengo claro si al ser vivienda habitual de mi tia y el hecho de ser 3er grado me permite alguna reducción. Muchas gracias de antemano

    2. En primer gracias por seguirnos. La reducción de vivienda habitual en caso de colaterales de 3º grados requiere que estos sean mayores de 65 años y hayan vivido con la causante en los dos años anteriores. Si tiene necesidad de asesoramiento no dude en ponerse en contacto con nosotros.

  196. Perdone Sr. Prados, quería saber si es cierto que hay una bonificación por la “no” venta de la propiedades adquiridas en una herencia por un cierto plazo de tiempo ( creo que son 3 años) Gracias.

    1. Lo que puede haber es un perdida de las bonificaciones aplicadas, si los bienes sobre los que se han aplicado la bonificación se venden en un periodo determinado después después de heredar. En el caso de la vivienda habitual son cinco años, por ejemplo

  197. hola soy francisca gracias de antemano la duda es . mi padre fallecio hace 7 años dejando a mimadre heredera y a sus dos hijas la legitima ahora mi madre nos da la legitima con un terreno a mi hermana y a mi y en la misma escritura disolvemos el condominio quedandose mi hermana con el terreno y pagandome a mi mi parte en dinero quien de las tres tiene que pagar la plusvalia muchas gracias

  198. Buen día.
    Tengo dos hijos uno vive en Cataluña y el otro en el extranjero que tiene dos hijos . Tengo minusvalía del 65%. Tengo un piso en Barcelona y otro en el extranjero. Quiero heredar todo a mi hijo de Barcelona. Qué problemas puede tener con el hermano? Qué tendría que hacer para pagar lo mínimo de impuestos? Podría ser más conveniente una donación? . Tengo 62 años. Muchas gracias por su respuesta

  199. Hola, mi madre fallecio en el año 2015 y nos dejo a mi hermano y a mi un piso, lo han valorado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por 150.000 euros y lo vendimos el 5 de enero del 2016 por 100.000 euros pagando una plusvalia de casi 5.000 euros, sabiendo esto, en la declaracion de renta de este año tendremos que pagar algo, o como me han dicho vagamente por otro lado, como no tenemos ganancia ninguna, estaremos exentos de tributar, es en Barcelona y tenemos cita con Hacienda para efectuar la declaracion pasado mañana Jueves 11 de Mayo 2017, muchisimas gracias.

    1. Ustedes tienen una perdida y solo se tributan por las ganancias. esa pérdida podría además generar el derecho a compensar otras ganancias, en los cuatro años siguientes. En principio no deberán tributar e incluso es posible que puedan solicitar la devolución de la plusvalía municipal pagada.

  200. Solo me gustaria saber si han valorado el inmueble en 150.000 euros y lo hemos vendido por 100.000 tenemos que tributar o no por tener perdidas, muchisimas gracias otra vez.

  201. Un edificio con dos viviendas, pero no tiene la división horizontal, es decir, se paga un solo IBI, en caso de fallecimiento, y a la hora de pagar los impuestos (principalmente plusvalía municipal) ¿Pueden considerarse una sola vivienda? Es decir, mi madre vive en la primer planta, yo en la segunda. En las deducciones por vivienda habitual, se consideraría todo el edificio, o solo la primera planta? Gracias

        1. Insisto, esta página no es un consultorio on line, pues no dispongo de los datos necesarios para contestar. ¿Que quiere decir merecer la pena?. Si quiere concierte una cita con nosotros y muy gustosamente le atenderemos.

  202. Residimos en Barcelona. Mi padre falleció el año pasado dejando heredera universal a mi madre. Somos dos hermanos y mi hermano pidió la legítima de mi padre a mi madre. Ahora ha fallecido mi madre dejándome heredero universal y la legítima para mi hermano. Mi pregunta es si tengo que cobrar o descontar la legítima de mi padre que me corrsponde y no pedí en su momento de la cantidad que tendría que abonar a mi hermano cuando le tnga que pagar su legítima. Muchas gracias.

    1. Como digo muchas veces esta página no es un consultorio on line. dar una respuesta fundada depende de muchos requisitos que desconozco. Si quiere puede concertar una cita con nosotros o le podemos hacer un informe a la vista de la documentación precisa. un saludo

  203. buenas tardes sr. luis prados.vivo en sant Cipriano de vallalta provincia de Barcelona y mi ija en arenys de munt , de la misma provincia. tiene un piso con una ipoteca. en caso de fallecimiento y sin tener testamento, nosotos los padres que tramites y que impuestos tendríamos que acernos cargo

    gracias de antemano

    1. Lo primero que debo aconsejarle es que su hija y ustedes hagan testamento. Pero poco más puedo decirle con la información que usted me proporciona, no se si su hija tiene hijos o si tiene más bienes.

      un saludo y gracias por seguirnos

  204. Buenas tardes!
    Mis padres tienen una vivienda habitual y otra casa que usan solo los fines de semana. Cuando ellos fallezcan, yo y mi hermano seriamos sus únicos herederos.
    Por lo que he leído entiendo que la vivienda habitual quedaría exenta en un 95% en el impuesto de sucesiones pero…la otra casa como quedaría? Quiero decir que tanto por ciento habría que pagar de impuesto de sucesiones, si tiene, por ejemplo, un valor de 200.000 euros y está en Barcelona?
    Gracias

  205. buenos días sr. luis.yo i mi mujer estamos casados desde ace 50 años, tenemos una ija de50 años vivimos en la provincia de Barcelona todos mi ija tiene un piso con una ipoteca, en el supuesto que mi ija falleciera sin tener testamento, nosotros los padres, que tramites y que impuestos tendríamos que acernos cargo. mi ija esta soltera sin ijos y sin nada mas de bienes. no tiene testamento, en que influiría el no tener testamento

    muchas gracias.

  206. Apreciado Don Luis.
    Somos dos hermanos de 68 y 58 años, nuestra madre vive actualmente 96 años. reside en BCN. No tiene màs patrimonio que aprox. 400.000 E. (cuatrocientos mil) en una cuenta preferente de la Caixa.
    Que recomienda. Transferir dicha cantidad en vida ?. En el caso de fallecimiento cual seria el importe a pagar para cada hijo.
    Agradecido por su respuesta.

  207. buenos dias
    Pienso hacer una donacion de una finca en la provincia de Tarragona por un valor de 100 000 euros a mi hija unica
    Se puede contar con algun descuento del estado antes de pagar el impuesto? y cual seria éste?
    Gracias por la respuesta

  208. Joan Carles Vera Navamuel

    Buenas tardes Sr. Prados,

    mi madre tiene un piso , la mitad del cual va a su nombre y la otra mitad a nombre de los 3 hermanos teniendo ella el usufructo. El piso está valorado aproximadamente en 175.000 €. El día que fallezca tendremos que pagar el Impuesto de Sucesiones. Que tanto % será el que se aplique? Es mejor donarlo que heredarlo?

    1. Muy probablemente, por razón del impuesto de sucesiones, no tendrán que pagar nada nada. Pero para dar una contestación fundada precisa saber datos que desconozco, añadiendo que esta web no es un consultorio on line.

  209. Francesc Escriu Pich

    Buenos días Sr. Prados.
    Mi madre murió el año pasado, era propietaria del piso donde vivió, además de unas cuentas bancarias. Somos dos hermanos y vía testamento dejó como heredera universal a mi hermana, y a mí me legó el 50% del piso. Al no querer compartirlo y en la misma escritura de aceptación de herencia, mi hermana me pagó vía talón mi 50% que valoramos en 35000€. Mi pregunta es : están exentos de cotización estos 35000€ , y de no ser así, que gravamen tienen? O se suman directamente a la base imponible de mi pensión de jubilado?

  210. Buenas
    Tengo que cobrar dos herencias tengo 62 años y una discapacidad del 33% demostrada.De las dos herencias una es de mi tío hermano de mi madre y la otra es de mi padre. Podría orientarme que es lo que se paga y si tengo reducción
    Gracias

  211. Tengo a mi madre (viuda), con todas sus propiedades a su nombre y los impuestos de sucesiones liquidados (Barcelona).
    Somos dos hermanas, no hay más descendientes, testamento a partes iguales.
    Inmuebles aprox. 650.000€ y depósitos bancarios 120.000€.
    Qué importe aproximado puede ser el gasto de la herencia ?

    Saludos,

  212. Buenas tardes Luis, y muchas gracias por anticipado por ofrecer orientacion. Voy a tratar de ser lo mas breve, aunque no se si lo conseguire. Mi caso: En Gerona. Me pase toda la vida viviendo con mi madre. Mi madre tuvo tres hijos, con un hombre, y luego se divorcio. Yo soy el mayor de cuatro hermanos de su segundo matrimonio. En 1998 mi madre compro una casa de 40 años de antiguedad que costo 58.000 euros, y la puso a nombre mio y de ella. Hizo una hipoteca con los gastos incluidos en Catalunya caixa a 30 años. Desde el 2000 hasta el 2015 cuide a mi madre, y fallecio en febrero del 2015 despues de una diabetes maligna. Años antes de fallecer hizo testamento legal en notaria a mi favor como heredero unico universal, con clausulas en las que no negaba la legitima a mis demas hermanos pero les imponia condiciones para recibir esa legitima. Ninguno ha reclamado nada. Han pasado dos años de fu fallecimiento y yo sigo viviendo en la casa y no he tramitado nada, ni aceptacion de escrituras de herencia (3600 euros) y liquidacion del impuesto de sucesiones 7 por ciento del total por falta de recursos financieros. El BBVA me ha llamado dos veces pidiendome que liquide el impuesto de sucesiones. Yo no se que hacer, vivo en la casa, subsisto como puedo y no tengo dinero. Eso es todo. Muchas gracias Luis .

  213. diego del aguila de torres

    Hla sr. Prados: Somos cuatro herederos de los bienes de mi madre fallecida. No nos ponemos de acuerdo en el reparto de varios inmuebles. En la notaría nos dicen que tenemos que hacer la aceptación de la herencia, y el pago del impuesto, todos a la vez, en el mismo acto, día y hora.¿Esto es realmente así?. ¿Que pasa si uno, o dos herederos no aparecen y se niegan a aceptar la herencia?. ¿No puedo yo pedir hora en la notaría , aceptar mi parte de la herencia y liquidar el impuesto de sucesiones y los demás que hagan lo que crean más conveniente ?. Gracias

  214. Luis Javier Garcia Lopez-Prieto

    Mi hija tiene intención de comprarse un coche valorado en unos 28000 aprox.y ponerlo a nombre de su abuelo con edad de 88 años y que tiene una discapacidad del 69% y supera el baremo de movilidad, para poder desplazarlo a las continuas visitas medicas. Posteriormente queremos hacer testamento de su abuelo a ella, para que no entre en la herencia con los hijos ya que el pago del vehículo lo hace mi hija. Es correcto esta actuación ? y cual seria el impuesto de sucesiones en caso de fallecimiento ? y el impuesto en el caso de fallecimiento ,antes de los 4 años de la compra del vehículo. Gracias

  215. César Patricio Olivares Varas

    Mi hermana sufrió la pérdida de un hijo en la provincia de Barcelona. El fallecido poseia un piso
    central en Viladecans. Supongamos que la propiedad esté avaluada en 90.000 euros. Cuanto debería pagar ella por impuesto de herencia.
    Me permito preguntar debido a que el dolor que le afecta la tiene en estado de schok y aún no puede reaccionar o hacer trámite alguno.

    Gracias de antemano.

  216. Jose Arques Vallbona

    En el punto 2. Desarrollo del esquema de liquidación. Pone que el valor real de los bienes se obtiene multiplicando el valor catastral por un COEFICIENTE y después multiplicar por 0.8. Me refiero a Inmuebles urbanos. NO ENTIENDO DÓNDE PUEDO ENCONTRAR ESTE COEFICIENTE. No creo que se refiera al coeficiente multiplicador por razones de parentesco. Agradezco su aclaración por anticipado.

  217. Buenas tardes,
    mi padre falleció hace dos meses y quedamos como herederos mi hermano y yo. Como única herencia nos ha dejado un piso valorado en unos 60.000€ (Tarragona). Yo estoy viviendo en este piso y me gustaría saber si tenemos que pagar algo del impuesto de sucesiones.
    Gracias y saludos.

  218. Mi marido acaba de heredar de su hermano la mitad de la casa que es nuestra vivienda habitual. La casa esta ubicada en Pineda de Mar. Su hermano tenia una discapacidad importante. Hay alguna manera de conseguir alguna reduccion de impuestos? Su hermano no tenia hijos ni padres vivos ni esposa.

  219. Buenas tardes, cual seria el pago para la percepción de una herencia de 300.000€ y un inmueble valorado aproximadamente en 400.000 en Cataluña en el caso de un hijo. Gracias

  220. Buenas tardes:

    Mi pregunta es la siguiente: Mi tía a fallecido sin hijos en VALENCIA sin dejar testamento
    dejando dinero 35000 euros y un piso,yo soy de BARCELONA.QUE tendía que pagar de
    IMPUESTOS DE SUCESIONES?,y tendría que ir a VALENCIA o lo puedo hacer desde
    BARCELONA.

    -Para firmar la DECLARACIÓN DE HEREDEROS tengo que trasladarme a VALENCIA

    -Me merece la pena aceptar la herencia cuando el catastro del piso esta valorado 80000 euros y no

    soy de VALENCIA.

    Un saludo

    1. Esta página no es un consultorio on line. Además, con la información que nos proporciona es imposible contestar con un mínimo de rigor. Si quiere le podemos hacer un informe a la vista de la documentación que creamos necesaria. Un saludo

  221. Buenas tardes

    Mi padre falleció hace 2 meses sin testamento en Barcelona. Las hijas estamos pensando en renunciar a la herencia en favor de mi madre, su esposa, la cual tiene 71 años. Mi padre ha dejado en herencia 200.000 en efectivo más el inmueble en el que convivía con mi madre y cuyo valor catastral es de 64.000e y otro inmueble que tiene un valor catastral de 40.000. ¿me podría indicar aproximadamente que cantidad le tocaría pagar a mi madre?
    Muchas gracias

  222. Buenas tardes,

    Los herederos tienen que estar todos citados y a la misma hora para firmar la
    DECLARACION DE HEREDEROS o lo pueden hacer por separado

    Una vez vez firmado, en el mismo momento se puede retirar el dinero del banco?.Como sabe la

    entidad lo que tienes que retirar?La verdad es que no se el procedimiento que se sigue.

    Si en vez de vender la propiedad se alquila siendo cuatro, como se hace para repartir los

    veneficios

    Espero que esta vez me pueda contestar, le quedaría muy agradecida

    Un saludo

    1. Estas pregunt

      La contestación a esas preguntas, no es la finalidad de esta web. Si quiere póngase en contacto con nosotros y le informaremos de todos los trámites del proceso sucesoria y la forma más económica de hacerlo. Un saludo.

  223. hola mi padre tiene un patrimonio en catalunya de unos 150000 euros y una vivenda valorada en 24000 euros antigua la mitad de el dinero està a mi nombre cuanto tendria que pagar mas o menos cuando fallezca el.

  224. Quisiera saber si un piso heredado en Cataluña este año 2017 a partes iguales por 2 hermanos, con una tasación de 350.000€, importe que se ha puesto en la aceptación de la herencia, y una vez pagados todos los impuestos municipales, autonómicos y estatales correspondientes ¿deberá cotizar IRPF en 2018 en el caso de venta a un tercero si se vende al mismo precio de 350.000€ de la aceptación de la herencia? Muchas gracias por la respuesta.

    1. Ya que ha realizado usted la aceptación de herencia, lo más normal sería salir con las dudas resueltas. En mi despacho todo se trata en cualquier firma y se informa y aconseja sobre los valores más adecuados para conseguir una ahorro fiscal. Dicho esto si usted vende y se genera una ganancia, deberá tributar por ella.

  225. Muy buenas.

    Mi abuela posee un inmueble en Barcelona. Si ella me anade como co-propietario del inmueble y ella fallece, pasa el inmueble a ser propiedad mia? Evitaria de esa manera pagar el impuesto de sucesiones?

    Muchas gracias

  226. Antonio Fernandez Cardenas

    Buenas tardes, mi padre fallecio en marzo de este año, por testamento todo paso a mi madre.
    Los inmuebles que poseen ( 2 en Hospitalet, Barcelona y 2 en Alamedilla,Granada ) estan a nombre de los dos. Mi pregunta es si mi madre tiene que pagar plusvalias a los ayuntamientos.
    Gracias de antemano

  227. Hola, mi madre con una minusvalia del 80% y 81 años va ha heredar un dinero de una prima hermana. Mi pregunta es la siguiente: con motivo del impuesto de sucesion, puede aplicarse la reduccion por minusvalia ya que reside en cataluña por que la de parentesco , grupo IV, no se la puede aplicar?Gracias de antemano

  228. Nuestro padre (holandes) falleció hace dos meses en Catalunya. Estaba casado en segundas nupcias con una señora catalana, con la cual no tiene hijos. Tiene dos hijas (mi hermana y yo) de su matrimonio anterior.
    Cómo (dónde, con quién?) reclamamos como legitimas, nuestra parte de la herencia? El dejo a su actual esposa como heredetaria via testamento. Estimamos que las casas valen aprox. 450mil. Alguna idea sobre cuánto debemos pagar de sucesion (siendo extranjeras)?

    1. Se trata de una pregunta que no se puede responder con los datos que nos proporciona. Si quiere concierte una cita con nosotros y a la vista de la documentación precisa le diremos su posición jurídica, en todos los aspectos.

  229. Pienso crear una empresa familiar en la que aportaria inmuebles por valor de 600000 € , el gestor me dice que lo mejor es una SL o bien crear la empresa como Empresario individual , el problema es que me indican que al crear la empresa es obligatorio tener al menos una persona asalariada , con todo el coste que ello representa , a nivel sucesorio tendria las mismas ventajas para mis hijos si la sociedad que forme sea un Comunidad de Bienes

    Muchas gracias por su respuesta

  230. Hola , mi padre falleció en febrero de este año y tenia un seguro de vida en el BBVA y nos a dejado de capital 3140€ repartido para su tres hijos debería de pagar algo de impuestos tengo cita para ir este mismos jueves y otra cosas te lo hacen al momento si pagas o no te toca pagar?tendríamos que ir los tres hijo o no hace falta ir todos ?gracias y saludos

  231. Buenas tardes:
    Mi padre ha fallecido y en su testameno nos dejo en propiedad a mi y a mi hermana su piso valorado en unos 150.000 euros. Todavía no hemos abierto el testamento, pero tenemos copia. Por otro lado tenía una cuenta bancaria con unos 200.000 euros, cuenta de la que tambien los hijos somos autorizados desde hace años. Antes de su fallecimiento transferimos unos 150.000 euros a nuestra cuenta, de la que tambien somos autorizados. La pregunta sería fiscalmente, dado que en ambas cuentas somos autorizados, debemos pagar algún impuesto por esta transferencia.
    Muchas gracias

    1. En el impuesto de sucesiones influyen muchos factores, que en su caso desconozco para dar una contestación fundada. Si quiere una contestación más fundada puede ponerse en contacto con nosotros, y a la vista de la información que le solicitemos, le contestaremos

  232. Mi madre de 82 años y yo tenemos dudas, soy su único hijo y tiene testamento dejando su vivienda a mi en caso de fallecimiento, soy usufructuario, en caso que yo fallezca pasa a mis hijas. La vivienda está en Tarragona capital y tiene bastantes años aunque reformada.
    La pregunta es si fallece, tendré que pagar mucho dinero tal como está por sucesión o es mejor ir a notario a hacer donación. Muchísimas gracias

  233. mi hermana y yo tenemos un piso en barcelona de aprox 300000 euros , fue comprado en mayo 1971, nosotros somos residentes en el extranjero y lo usamos para el invierno principalmete yo al menos 5 meses y ella unos 2 meses anyio si anyio no , tenemos testamento a favor uno del otro , yo soy soltero ella casada sin hijos, y el testamento dice claramente que su marido no heredara su parte, o sea los 2 somos herederos universales el uno del otro, cuanto se deberia pagar en caso de heredar el piso pues la mitad ya es de cada uno , gracia anticiopadas

    1. Su pregunta excede mucho de lo que debe de ser un comentario por este canal. En el impuesto de sucesiones influyen muchos factores a considerar, los cuales en el caso de su pregunta desconozco, por lo que cualquier contestación podría inducir a error. Si quiere a la vista de la información necesaria le podemos hacer un informe. Muchas gracias por seguirnos

    2. En el impuesto de sucesiones influyen muchos factores, que en su caso desconozco para dar una contestación fundada. Intuyo que no le merece la pena hacer una donación, pero si quiere una contestación más fundada puede ponerse en contacto con nosotros, y a la vista de la información que le solicitemos, le contestaremos

  234. Hola, le agradezco de antemano su respuesta. Mi padre falleci’o en enero del 2017, dejandonos de herederos a mi hermano y a mi, de un immueble valorado en unos 144000 euros, pero dejando en usufructo del mismo a una pareja casada que convivieron con el durante muchos años. Quisiera saber quien tiene que pagar el impuesto de sucesiones, y a cuanto ascenderia. Gracias.

  235. Buenas noches. Mis padres han fallecido este verano con 40 dias de diferencia uno del otro. Ahora estoy esperando el certificado de defunción de mi madre para presentarlo al banco y poder liquidar el impuesto de sucesiones . Somos 3 hermanas y la herencia es de 55.000 euros .
    No acabo de ver claro que tanto por ciento se tiene que pagar y que deducción hay por parentesco.
    Según una tabla es el 7% ( que me parece excesivo).. Le agradecería que me lo pudiera aclarar.
    Y también saber si primero hay que liquidar el impuesto e ir al notario o es a la inversa para que certifique la herencia. Muchas gracias

  236. Muchisimas gracias. Ya he recibido su respuesta.La herencia es solo económica. No hay bienes inmuebles, pero si que nos han dicho que tendríamos que pagar el impuesto. Si necesitara que Uds. me tramitaran alguna documentacioan, se podria resolver todo por mail? Estamos en Barcelona. Muchas gracias otra vez

  237. Buenos días,
    2 posibles escenarios:
    1. mi pareja y yo (no casados) tenemos un piso (valor 250k) a nombre de ambos y además mi pareja tiene una casa solo a su nombre (valor 300k). No hay hijos y sus padres ya están muertos solo tiene 3 hermanos (estan en inglaterra) – el es ingles. Mis padres aun estan vivos y tengo un hermano, todos viven en Austria.
    2. el mismo escenario que arriba pero ahora estamos casados.
    Provincia: Catalunya
    Pregunta:
    – que corresponde en cada caso a cada uno
    – cuantos impuestos hay que pagar por herencia en cada caso

    gracias

  238. Mi marido que residía en Cataluña desde hace mas de 5 años falleció hace un mes (la vivienda familiar ha estado siempre en Huesca, aunque no estábamos separados el se fue a vivir a Cataluña). Teníamos en común 2 pisos, uno en Salou y otro en Huesca, el además era propietario de otro piso en Huesca por donación de sus padres. El importe aproximado de los bienes asciende a 300.000 € . Tenemos una hija.
    ¿Dónde tendría que liquidar el impuesto de sucesiones?
    ¿Cuánto me corresponderia pagar a mí? Y a mi hija?
    Muchisimas gracias.

  239. Hola, tanto la escritura del piso como la cuenta bancaria estan a nombre de mi marido como titular unico pero yo tengo igual una tarjeta del banco para sacar dinero y comprar y una autorizacion de el para hacer tramites puntuales no hay deudas de hipoteca ni deudas pendientes hay testamento que dice que si le fallece el pasa directamente a mi y si fallecimos los dos pasa directamente a mi hijo que es de mi primer matrimonio y si fallecimos los tres pasa directamente a una prima q esta en otro pais pero el tiene una hermana la cual no tienen contacto hace 25 años yo quiero saber cuanto es lo que hay que pagar y lo llegara a heredar yo solo se que el piso costo 83 mil euros su evaluacion no la se fue comprado en junio 2014 en un pueblo de barcelona muchas gracias

  240. Buenas tardes Luis.

    Mi madre falleció hace 4 mesea y ha hemos tramitado todos los papeles a falta de firmar en notario que somos herederos (no hizo testamento), nos deja a sus 3 hijos (24 años, 20 y 14) una casa valorada en 190.000€ y 55.000€ en efectivo en total. La casa es vivienda habitual de su pareja y hermanos pequeños. ¿Deberemos pagar algo o dado que no llega a 100mil por heredero estaremos extentos?
    Muchísimas gracias.

    1. Lo más normal es que esas preguntas se las hagan al Notario o profesional que les lleva el asunto. En mi Notaría, tenemos el criterio de informar de todas las consecuencias fiscales antes de la firma. De todos modos con los datos que nos da no puedo darle una opinión fincada, aunque por lo que me dice, si hubiere que pagar algo sería muy poco.

  241. Estimado Luis,

    Yo tengo 33 años. Mi abuelo de Barcelona falleció en 2011. Mi padre ya había fallecido en 1995. En el testamento de mi abuelo deja su vivienda habitual de Poble Nou a mi tío y hermano de mi padre, el cual tiene cerca de 70 años ha estado ingresado en una residencia psiquiátrica desde antes del fallecimiento de mi abuelo. En el testamento de mi abuelo parte del dinero se le da a una Fundación encargada de cuidar de mi tío. Con ese dinero y con la renta del alquiler de la casa (a un médico de la Fundación) están cubriendo los gastos de la Residencia de mi tío.

    Los encargado de la Fundación han dejado caer que cuando mi tío fallezca se van a quedar la casa, la cual, entiendo, debería heredar yo. ¿podría darse esta situación?

    En el caso de heredar yo cuando fallezca mi tío(toquemos madera para que tarde mucho en ocurrir), siendo una casa de 75 m2, de 1963, y unos 160.000€ de valor catastral, ¿ qué impuestos me tocaría abonar?

    Es que yo vivo en MAdrid y no estoy al tanto de la normativa catalana

    Muchas gracias de antemano

    1. El tema de que herede la fundación, puede depender del testamento de su abuelo y/o el de su tío, y que en ellos haya una clausula a su favor. Pero si no hay testamento no tienen ningún derecho a la herencia. En el caso de que usted heredase siendo colateral de grado 3º, tiene un mínimo exento a fecha de hoy de 8000. El impuesto de la herencia en su caso no sería pequeño, y depende del valor real de la vivienda. Aplicando las tablas de la generalitat, el valor fiscal mínimo ronda los 300000 euros y sobre ello la cuota a pagar más de 60.000 euros y a parte la plusvalía municipal.

      esto es lo que puedo decirle, pero ha de tener en cuenta que esta respuesta no es ni dictamen ni opinión profesional, que solo se puede emitir a la vista de la documentación necesaria y examen de todos los elementos precisos

  242. Mis padres han fallecido y estaban empadronados y vivían en Madrid desde hacía años. Tienen tres pisos en Madrid y uno en Barcelona, un apartamento en la Costa Brava y una finca rústica en Gerona. ¿Dónde debe de tributar el impuesto de sucesiones? Los herederos somos sus tres hijos y vivimos en Cataluña. ¿Los bienes sitos en Cataluña tributan en Madrid en el impuesto de sucesiones o debemos de realizar diferentes liquidaciones? Muchas gracias

  243. hola.
    me comentaron que si mi padre me “presta ” 90.000 euros y este fallece si haber recibido el dinero de nuevo , deveria pagar algún impuesto?
    Entiendo que el piso no lo puede” prestar”pero si yo me empadrono de nuevo en es domicilio tengo alguna ventaja.

    Gracias

  244. hola,
    Vivimos en Catalunya y mi madre tiene una casa que es vivienda habitual valorada en 300 mil €, un piso valorado en unos 100 mil (pero del que solo tiene el 50% porque el resto ya lo heredamos nosotros) y ahorrados 600 mil €. Somos 4 hermanos y uno de ellos con discapacidad del 75 %. Podría decirme qué cantidad aprox. deberíamos de pagar por sucesiones en Cataluña? creo que mi hermano discapacitado no debería de pagar nada, pero y los otros 3? muchas gracias!

    1. esta página no es un consultorio on line. y cualquier opinión procuramos darla solo a la vista de todos los antecedentes. De todos modos por lo que me dice, no creo que fuese más de 500 euros, por heredero, y en el caso de su hermano con la minusvalía, 0 euros. Debe tener en cuenta, además, la plusvalías municipales que pueden devengarse, que no están incluidas en ese calculo, que en todo caso no es una opinión ni dictamen profesional.

      Un saludo

  245. Hola, hemos heredado una finca yo y mis dos hermanos, osea una finca con tres propietarios, si uno de ellos muere por accidente, (Dios no lo quiera), o se enfadara con uno de nosotros, que pasaría con la finca?, hay que hacer algún documento aparte con clausula?

  246. Antonio L. Corrales de la Cruz

    Estoy casado con un mujer que tiene una hija anterior a nuestro matrimonio. En común tenemos dos hijos más. Quiero hacer testamento dejando mis bienes a partes iguales entre los tres hijos. Es posible hacerlo así? Es muy gravosa la herencia para el hijo que solo es de mi mujer ?

    1. Depende de diversos factores, pero intuye que si es en Catalunya, no será para nada gravoso. De todos modos lo mejor es que concierte un cita con nosotros y le informaremos de todo lo que precise a la vista de los antecedentes necesarios

  247. algo que no veo en el artículo y que una vez me comentaron y que nunca pude aclarar del todo. En el caso de una donación en vida de una segunda vivienda a descendientes de primer grado, ¿existe una reducción especial a aplicar en caso de que la vivienda hubiera sido ya la habitual y única del descendiente durante X años?. Tengo dudas de si existe algún derecho añadido asociado al hecho de que ya hubiera sido la vivienda habitual de quien recibe la donación o también la herencia. Si fuera tan amable de aclarar este punto se lo agradecería, por que no encuentro nada al respecto y siempre he oído opiniones bastante confusas respecto a ese supuesto derecho añadido que daría el haber sido la vivienda habitual del receptor.

    1. En herencias, por regla general, la vivienda habitual ha de ser del fallecido, para poder aplicar las reducciones. En materia de donaciones la donación de una vivienda, para que el donatario tenga su vivienda habitual, junto con otros requisitos, puede tener una reducción del 95% hasta 60.000 euros. Una vez recibida la donación el donatario tienen obligación de habitarla y empadronarse en la vivienda, si no lo estuviese ya

      1. muchas gracias por contestar, aunque mi pregunta no era esa. Preguntaba si el hecho de que el heredero o receptor de la donación hubiera sido el habitante de esa vivienda, le daría además algún derecho añadido a los que usted comenta. Alguien me comentó una vez que el hecho de haber sido el habitante de la vivienda que se heredará o se recibirá en donación, eso otorga derechos añadidos o más reducciones a las que usted comenta. Espero que se entienda mejor mi pregunta. Gracias de nuevo.

  248. Buenos días Luis,
    Te comento el caso, mi padre falleció en 2012 y mi madre recibió la herencia correspondiente, y el pago de impuesto de sucesiones, no se liquidó por parte de nosotros( 2 hijos), la legitima ,
    estamos valorando de hacer efectivo y liquidar esa legitima,
    Pregunta
    Si nosotros nos enviamos la cantidad de dinero correspondiente a nuestras cuentas, tenemos que realizar pago?, o ya se liquidó esta cantidad cuando se aceptó la herencia?.
    Si fuera así habría algún mecanismo para no pagar tanto a hacienda?, entiendo que si fuera así va por ganancia patrimonial?.

    Muchas gracias de antemano
    Felicidades por la web

  249. Gracias, pero preguntaba si la legitima se paga en el momento de hacer la aceptación de herencia, nosotros no hemos reclamado esa legitima en el 2012, pero ahora queremos hacerla efectiva, si queremos hacerla ahora efectiva tendríamos que realizar ahora ese pago?cuando hablas de prescribir, cuanto es el tiempo de prescripción?.
    Me podrías indicar que ley articulo regula todo esto.
    Muchísimas Gracias

  250. Buenos días,

    Me encuentro en la siguiente situación: dos hermanos han convivido juntos durante más de 10 años, hasta que el que es propietario de la vivienda habitual, por necesitar unos cuidados que no puede ofrecerle su hermano, ingresa en una residencia para la tercera edad. En estos centros es obligatorio empadronarse para facilitar la obtención de atención médica. El otro hermano continúa alojado en la vivienda habitual. A los tres años y medio el hermano ingresado en la residencia geriátrica fallece, siendo heredero universal su hermano. La Generalitat sostiene que no procede aplicar reducción por adquisición de la vivienda habitual de causante, por tratarse de un pariente colateral del causante, que aunque es mayor de sesenta y cinco años no ha convivido con el mismo como mínimo los dos años anteriores a su muerte (los últimos 3 años y medio ingresado en geriátrico). ¿Podría considerarse que existía una relación convivencial de ayuda mútua y que el hecho de ingresar y empadronarse en la residencia de la tercera edad no ha extinguido la relación convivencial (comparten los gastos de la vivienda habitual)? ¿Puede el hermano adquiriente asimilarse al resto de descendientes del grupo II que define el artículo 2, al efecto de la aplicación de las reducciones por parentesco y vivienda habitual y el coeficiente multiplicador?

  251. Mi pregunta estaba orientada, así el pago de la legitima se realizó cuando se pagó la aceptación de herencia, o si por el contrario, se paga cuando realmente se cobra esa legitima?.

  252. Perdona per los conceptos que marcas, no los entiendo, solo se puede cobrar cuando se recibe?, a que te refieres a cobrar, mi pregunta es si se pagó cuando se aceptó la herencia o se ha de pagar el impuesto cuando se recibe la legitima?.
    Gracias

    1. Vamos a ver. Esta web no es un consultorio. Debe entender, que es muy difícil contestar, cuando se deben de interpretar las preguntas. La legítima paga impuesto de sucesiones. Cuando, cuanto y cómo, dependerá de´la forma en que se haya ejecutado toda la sucesión. Sin ver documentación no puedo ser más preciso.

  253. Hola, mi padre tiene 85 años yo vivo con él y tengo dos sobrinos(mayores de edad) de mi único hermano fallecido. Mi padre tiene testamento donde pone que todos sus bienes son a medias entre mis sobrinos y yo pero el piso donde vivimos(tendrá un valor de unos 120.000 euros)el usufructo vitalicio es para mi. Mi pregunta es cuanto tendríamos que pagar de impuesto de sucesiones y que pasos tendriamos que dar.
    Muy agradecida.

    1. esta página no es consultorio on line, solo una llamada a un correcto asesoramiento. Con los datos que me da es muy difícil responder, aunque intuyo que si toda la herencia es en Catañunya, muy probablemente no tengan que pagar impuesto de sucesiones, pero como le digo sin poder comprobar una serie de datos toda respuesta carece de validez

  254. Vivo en un piso que es propiedad de mi tía, es un piso del Patronato de la vivienda, esta situado en un barriada pequeña de Barcelona, este piso está valorado en escrituras ( que aun no tenemos pues se paga una mensualidad durante 35 años nos falta 6 años ) en 30.000 euros, en la actualidad si se tuviese que vender como máximo sería de 100.000 euros. Estoy como heredera cuanto tendría que pagar en total para poder acceder a ser propietaria del mismo.

  255. Hola mi padre falleció y tenemos que cobrar 70000€ por el seguro de vida del banco. Somos dos hermanos y una madre, el menor de edad y yo proximente ya no. Tambien me gustria preguntar que porcentage de impuesto habra que pagar si el seguro del causante del accidente donde falleció nos indemnizan(pagan) 400.000€, muchas gracias. Atentamente espero su respuesta.

  256. Hola
    Mi padre falleció hace algo mas de tres años y nos dejó su piso en Barcelona a mi hermana y a mi valorado en la herencia en 163.000€
    Nos acogimos a la bonificacion del 95% en el impuesto de sucesiones conforme no venderíamos en 5 años.
    Ahora estamos pensando en venderlo y nos ofrecen 320.000€
    Creo que si lo vendemos ahora antes de los 5 años tenemos que pagar el impuesto mas intereses, Es posible calcular cuanto deberiamos pagar ?
    Muchas gracias de antemano

    1. Si es posible calcularlo. De todos modos sería muy importante, estudiar muy bien su caso antes de hacer la compraventa, especialmente si no ha prescrito el impuesto de sucesiones. Persona que no sea más explícito por esta vía. Si quiere póngase en contacto con nosotros, nos envía documentación y le hacemos un estudio.

  257. Hola Luis
    Esta es mi consulta…
    Soy extranjero residente en España, me han comunicado que me han dejado en herencia unos 350 mil dolares $ entre cash y un fondo en California USA!
    No era familiar mio, donde…supongo aqui en España teniendo aqui mi residencia fiscal, y cuanto tengo que pagar si acepto la herencia?
    Me dijeron que es el 34%
    Muchas gracias

  258. Buenos días Luís
    mi madre falleció el pasado mes de octubre. Su residencia fue Alemania.
    Yo vivo en Cataluña, donde trabajo y pago los impuestos.
    Pregunta: ¿cuál es la normativa a seguir en este caso?
    Gracias

  259. Hola,
    Mi madre acaba de morir y nos deja a mis hermanos y yo (3) un piso de 180.000€ en Barcelona.
    Mi hermano vivia con ella y no tiene otra vivienda. Si mi hermano quiere quedarse el piso y darnos una cantidad en compensación a mi hermana y a mi.
    1) Como hemos de hacerlo?
    2) Que impuestos hemos de pagar?
    3) Mi hermano tendrá que hacer una escritura (como si lo comprara) nueva?
    Muchas gràcias

    1. Lo normal es hacerlo todo en la propia escritura de herencia y los impuestos deberían sr los mismos que los de una adquisición hereditaria. Si quiere que le gestionemos toda la herencia de su madre póngase en contacto con nosotros.

  260. Hola, gracias antetodo por el tiempo dedicado

    Mis preguntas son:

    Mi padre ha dejado un testamento donde el piso y el parking nos lo deja a mi hermano y a mi

    El piso esta En Barcelona y el estuvo viviendo sus ultimos 3 años en Sevilla, mi hermano acaba de aquirir una minusvalia del 53% y quisiera saber si es posible que tipos de impuestos deberiamos pagar, el de sucesiones entiendo y no se si algún otro mas, para obtener las escrituras a nuestro nombre asi como el de la aceptacion de la herencia, el piso tiene una hipoteca de alrededor de 110.000€ y la tasacion del piso puede estar entre los 180-210.000€

    Que opciones tenemos para pagar lo minimo posible?

    Ultima pregunta, si mi hermano y yo no nos ponemos de acuerdo en los terminos ? y yo no renuncio voluntariamente a ceder mi parte, puede el, teniendo minusvalia, quedarse con el piso? prefiero perderlo todo y vivir sin problemas pero no quiero que se lo quede el todo.

    Muchissimas gracias por su generosidad y tiempo

  261. Hola,
    Mi madre falleció, somos dos hermanos y tenía el testamento hecho a favor de los dos. Deja para mí la casa dónde ella residía y yo con ella, en provincia de Barcelona, y para mi hermano otra casita con terreno en las afueras.
    Yo llevo viviendo en esta casa muchos años y donde también estoy empadronada. Tengo 59 años y soy pensionista con una invalidez absoluta. Mi pregunta es…tengo alguna bonificación al heredar la misma casa de mi madre dónde yo estoy viviendo? y por ser pensionista?.
    Gracias.

  262. Pedro Cifuentes Almenar

    Hola, una persona de 80 años quiere hacer donación de su piso en propiedad a una sobrina. El piso está valorado en 300.000 eur. precio de mercado y un valor catastral de unos 90.000.- . en su día hace unos 30 años lo compro por 100.000.- eur. aprox., pero siendo la titular usufructuaria hasta su fallecimiento.
    Cuanto debería pagar esa sobrina por el impuesto de sucesiones … aproximadamente claro.
    Muchas gracias.

    1. Depende de donde esté el inmueble. En el caso de estar en Catalunya, y por lo que nos dice sobre los 60.000 euros. Pero le informo que esta opinión no es un dictamen profesional, que solo puede realizarse a la vista de todos les antecedentes necesarios.
      un saludo

  263. Hola, soy hija única mi padre falleció hace 10 años y mi madre acaba de fallecer y me ha dejado un piso, a mí y a mi hija y somos únicas herederas. El piso está valorado en unos 90.000€ – 100.000€ y está situado en un barrio de clase obrera de Barcelona. También nos dejó unas deudas y quería saber si usted, aunque sea aproximadamente y si fuera posible por favor, si me diera un presupuesto del precio aproximado sobre la aceptación de herencia, ya que por lo poco que sé es un dinero del que no dispongo (unos 20.000€ por lo que me han comentado) y quería saber si era cierto ese precio. Y también, podría pagar ese dinero con las escrituras de la casa dando fe a que venderé este piso porque ese es mi objetivo, ya que tienen un valor superior al impuesto de sucesiones y esa podría ser mi posible, y única forma de pago. Gracias y disculpe la molestia.

    1. Con esos importes no va a pagar impuesto de sucesiones. Respecto del la plusvalía municipal, no le puedo informar pues desconozco las variables de las que depende su aplicación. Pero no es una operación cara.

  264. M.Antonia Martinez Muelas

    Mi madre tiene 90 años y sere su unica heredera, por no tener hermanos. Actualmente tiene una casa de dos plantas como segunda residencia ubicada en una localidad de Barcelona, pero la escritura esta hecha unicamente del solar. Mi pregunta es ¿debe hacer mi madre la escritura de la vivienda, o puedo aplazarla hasta que yo la haya heredado?. ¿Cual de las dos circunstancias seria menos costoso, ya que los gastos los voy a asumir yo en ambas ocasiones?

  265. Hola, mi pregunta la siguiente: mi hija es ciudadana italiana y desde hace 5 meses reside en Barcelona, su residencia anterior era en Argentina donde todavia tiene una cuenta bancaria en la cual quiero depositarle dinero y asi ella posteriormente lo transfiere a una cuenta siempre a su nombre en Barcelona, en este caso tiene que declarar algo? hay impuestos de pagar? hay limites de cantidad?
    Muchas gracias.

  266. Hemos recibido en herencia un piso en L’Hospitalet (BCN) de una tía de mis suegros que falleció sin descendencia. El beneficio de la venta de dicho inmueble (no era vivienda habitual, ya que estaba empadronada en una residencia de Ciudad Real), debe repartirse entre 9 sobrinos. En el caso de mi suegro, que tiene 78 años, ¿a qué reducciones tendría derecho por parentesco y edad?
    Gracias y un saludo,

    1. Esta página no es un consultorio on line. En esencia la respuesta la tiene en la entrada, pero dar una respuesta sin tener en cuenta todos los datos necesarios, podría inducirle a error. Si quiere concierte una cita y muy gustosamente le atenderemos.

      Muchas gracias, por seguirnos.

  267. Un tío de mi mujer la va a nombrar heredera porque no tiene descendencia.
    No tiene propiedades y el capital del que dispone es 140.000€ aproximadamente.
    Mi mujer nació en 1967 y tiene una discapacidad del 42%.
    Cuánto tendría que pagar de impuestos?

    Muchas gracias por su respuesta

  268. Hola

    Mi pregunta es la siguiente, el impuesto de sucesiones y el impuesto del incremento del valor de los terrenos urbanos se puede liquidar con cargo al dinero obrante en las cuentas bancarias de la herencia o debe ser pagada previamente por los herederos con su propio dinero

    1. Respecto del impuesto de sucesiones, depende de cada Comunidad, pero suele haber sistemas para el pago del impuesto con cargo al dinero de la herencia. respecto d la plusvalía no hay ningún problema, una vez tenga liquidado el impuesto de sucesiones tendrá liberado el dinero y con cargo a él pagar la plusvalía.

  269. Buenas tardes Sr. Luis,

    Soy cotitular en una cuenta con mi madre que ha fallecido, mis hermanos me dicen que saque todo el dinero y lo traspase a una cuenta a mi nombre………pq “el estado se quedará el dinero”.

    Somos 4 hijos, tiene testamento y el importe no llega a 40mil€, un coche viejo y nada más. Divorciada hace más de 30 años.

    Creo que van errados y mucho, se están poniendo pesados e impertinentes con el tema, no quiero tocar nada hasta la apertura del testamento, no creo que haya que pagar muchos impuestos dada la cantidad a repartir. Era tutora de tan solo dos días y no se ha llegado hacer inventario. Actualmente trabajo casi llegando al limite de hacer renta y creo que me afectaria obligando a pagar como renta de capital anual, y mucho. Podria indicarme si estoy equivocada o son ellos que me quieren obligar hacer una maniobra fraudulenta y tengo que hacer caso omiso.

    Gracias por anticipado.

  270. Buenas tardes,vivo en catalunya,mi madre tiene dos pisos con una tassacio de 240000 i 180000 aproximadamente i unos 75000 euros,somos dos hermanos la herencia es a partes iguales,aproximadamente que cantidad tendriamos que pagar,un saludo.

    1. Muy probablemente nada. Pero como puede comprender sin ver ningún tipo de documentación y dado los enormes aspectos de los que puede depender una liquidación fiscal, no puede ser más explicito. Aprovecho para reiterar que esta web no es un consultorio on line, sino una llamada al correcto asesoramiento que estamos encantados de prestarlo, pero bajo los criterios que deben de presidir un encargo profesional.
      Un saludo

  271. Hola Luis: Mi esposo y yo vivimos en un piso en un pueblo del extra- radio de Barcelona. Lo compramos en el 2004 y la escritura es de 90.153 eu. de la cual actualmente aún debemos 68.500 eu. En la última revisión catastral lo valoraron por un total de 73.620 eu. en el 2006. Ya somos mayores y nos vemos en la necesidad de tener que ir a vivir a casa de nuestra hija, debido a que empezamos a no poder vivir solos. Nosotros en el 2014 hicimos testamento a su favor, dejándole esta vivienda habitual nuestra cuando falleciéramos pero, ahora pensábamos vender el piso pagando lo que aún se debe y como nos lo tasan por 100.000 eu., que le saldría mejor a nuestra hija; que nosotros alquilásemos este piso nuestro y ella cuando lo heredara en el caso de que se lo vendiera o no, cuánto debería pagar de impuestos entre el de heredera y la plusvalía u otro tipo de cgos. y teniendo en cta. también si le aportaba alguna reducción por algo? o bien : si nosotros vendemos ahora por necesidad de que con el poco beneficio que pudiéramos sacar por ello, y al vernos necesitados de ir a vivir con ella, pudiéramos así ayudarla en pagar algo de la hipoteca que a ella aún le queda pte. de su piso? Tengo otra última duda también: Me han dicho que existe una ley que cuando unos abuelos se ven en la necesidad de ir a vivir con su hij@ y por ello vender el piso, esos abuelos no han de pagar ningún impuesto más que la pluvalía de la parte como vendedores? y hay algo más que pagar? porque así también sería una opción para que nuestra hija no tuviera que encontrarse en cuanto nosotros faltáramos, tener que pagar un buen pico por heredar nuestro piso. Ella se encuentra además con 2 hijos menores a su cargo y divorciada, con el importe del resto de la hipoteca de su piso totalmente a su cargo solamente. Perdona que te de tanto por lo que calcular pero, como veo que a veces desearías poder aportar respuestas más concretas y no lo puedes hacer por falta de información, yo talvez me he eccedido. Pocas personas hay como tu que tienes tanto interés en colaborar ayudando al prójimo. Gracias anticipadas. Y un afectuoso saludo.

  272. tengo un hijo que se compro una casa valorada en 119000 e yo le avale pero en el banco me pusieron en la escritura y yo me quiero quitar y dejarle solo a el se puede hacer y cuanto me costaria según las leyes catalanas y ademas puedo hacerlo si sigue habiendo hipoteca

  273. Buenas tardes, mi padre Vicente, de 80 años de edad, residente en Mataró (Barcelona) es titular de un importante patrimonio personal, constituido por
    – Un edificio en Paseo de Gracia de Barcelona, valorado en 5.000.000 de Euros
    – Una masía en un pueblo de l’Empordà, valorada en 1.200.000 Euros.
    – 3.000.000 de Euros en fondos de inversión
    – 800.000 Euros en acciones de sociedades cotizadas.
    Somos mi madre, mi hermana y yo, residentes todas en Cataluña
    De cara a planificar su herencia, me pregunto si es mejor que su herencia tribute en Cataluña o en otra comunidad autónoma.

    Muchas gracias!!!

  274. Buenas tardes.
    Quisiera que me informaran por favor, sobre cuanto tendriamos que pagar mi hermano y yo del impuesto de sucesión. Somos de Barcelona. Mis padres tienen 90 y 87 años respectivamente. Solo tienen en propiedad el piso en el que vivimos ellos dos y yo. Hace 40 años que vivimos aquí.
    Vivo con ellos y no creo que cambie la situación ya que no tengo ni pareja ni hijos y tampoco trabajo, asi que si fallecieran ahora yo me quedaria viviendo en el piso pues mi hermano está casado y tiene su piso y el dice que esta es mi casa y por supuesto no me va a echar. Queremos estar preparados porque tienen una edad que puede pasar cualquier cosa en cualquier momento, ojala sea muy tarde, pero estamos preocupados ya que los dos tenemos situaciones criticas, yo no trabajo ni cobro nada y tengo 49 años y mi hermano tiene deudas. Ademas del piso, mis padres disponen de una cuenta de ahorros de aproximadamente unos 30000€. Tendremos que pagar algo? y en ese caso, cuanto tendriamos que pagar?

  275. Buenas tardes,

    Mis padres tienen 79 y 81 años. Poseen una casa con 2200m de terreno valorada en 200.000€. Entorno Rural. Un piso de 50m2 en Ciutat Vella, Barcelona, valorado en 200.000€. Un piso en Vilafranca del Penedès de 100m2 valorado en 120.000€ en el que vivo hace años y estoy empadronado. Mi madre por enfermedad pasa más de medio año conmigo. ¿En caso de fallecimiento de ambos quanto tendría que pagar por cada inmueble.?
    Saludos

  276. Qué derecho tiene la mujer de mi padre, fallecido hace 2 meses, que sólo llevaban casados un año, ante mi hermano y yo, en el testamento? Es decir, si el testamento es más beneficioso para ella que para los dos hijos, se puede reclamar que la herencia se reparta a partes iguales o lo que está escrito en el testamento va “a misa”? muchas gracias

  277. Mi madre reside en Cataluña desde siempre y somos tres hermanas ,hizo testamento dejando a partes iguales tres propiedades que tiene, más unos cien mil euros que en el banco,yo por motivos que no vienen al caso resido hace más de treinta años en Navarra mi pregunta es cuando fallezca mi madre al no residir yo en Cataluña y a la hora de la repartición con mis hermanas ,la cuantía de los impuestos y demás que genera el recibir la herencia será la misma para las tres , muchas gracias

  278. Buenas tardes,
    mi madre vive en Aragón. ¿En caso de hederar bienes inmuebles o dinero donde deberia pagar el impuesto de sucesiones si mi dirección fiscal esta en Cataluña?
    Muchas gracias.

  279. Mi madre tiene 1 local 60.000 Valor catastral, 2 pisos uno de ellos vivienda habitual 40.000 cada uno de V.C. y 2 parking 5.000 VC , en total los valores catastrales suman 150 .000 € aprox. situados en Salou Tarragona. aparte de cuentas en bancos y cajas por importe de 60.000 €, mas 15.000 € plan pensión, esta muy mal de salud y debemos mirar a que situación se ha de hacer frente, soy hija única .-
    Gracias
    La residencia es en Catalunya.-

  280. Buenos días,
    Recientemente mi padre falleció en Barcelona sin testamento. Mi madre todavía vive y somos dos hermanos por lo que somos tres herederos. Mi pregunta es: es mejor en términos fiscales que aceptemos la herencia los tres o renunciar mi hermano y yo y dejárselo a nuestra madre y cuando fallezca aceptar todo? Gracias

    1. Salvo que tengan un patrimonio enorme, me imagino que por cualquiera de las dos fórmula no van a pagar impuesto de sucesiones. De todos modos siempre es más barato en términos globales, que hereden varios a uno solo.

  281. hola:

    Mi padre falleció en enero de este año y mi madre en abril (los 2 residentes en catalunya). Soy el único heredero y resido en Andorra. Se q hubo una sentencia del tribunal supremo q ya genera jurisprudencia con respecto a la descriminación de los no residentes extracomunitarios. Imagino q a principios de junio deberé de pagar el impuesto. Podré beneficiarme y ya pagar con las bonificaciones autonómicas o tendré q pagar y luego reclamar?. Muchas grácias por anticipado

  282. Buenas tardes,
    Mis padres tenían un piso en Barcelona que actualmente tendrá un valor de 300.000€ mi padre falleció en 1994, yo era menor de edad y nunca hicimos aceptación de herencia ni cambio de nombre, ahora ha fallecido mi madre y yo tengo una hermana de 20 años por parte de mi madre, no se que tendremos q pagar para heredarlo… la vivienda era la habitual de nuestra madre y de mi hermana…
    Muchas gracias

        1. Esta página no es un consultorio on line. Muy probablemente, no pagaran nada de impuesto de sucesiones, pero puede comprender que dar una opinión jurídica, sin analizar ningún dato y solo en base a los que usted me expone es muy arriesgado y podría inducirle a usted a error. Consulte con un profesional o si quiere puede venir a mi despacho y muy gustosamente le atenderemos.

  283. Buenos días,

    He leído casi todos los mensajes pero no veo un caso parecido al mío y por eso os escribo.

    Mi hermano estuvo viviendo dos años en Francia y falleció hace unos meses. No estaba casado ni tenía hijos así que por ley la Heredera es mi madre.

    El no tenía nada pero si tenía un seguro de vida y a mi madre le han ingresado 141 mil euros.

    Somos catalanes, según la carta del seguro de vida francés dice que allí está exento de impuestos, pero no sé si aquí ella tendrá que pagar algún tipo de impuesto o hacer algún tipo de declaración.

    Ante todo les doy las gracias por guiarme.

    Saludos,
    Susana

  284. Buenas tardes,

    Mi padre falleció en el año 1983 cuando yo era muy joven. Domicilio en Barcelona. Vivíamos mis padres y yo en el mismo inmueble. No creo que se hiciera ningún trámite para escriturar de nuevo el piso, en el que todavía vivo yo, ya que mi madre, aún viva, está desde hace unos meses en una residencia.
    Qué tendré que pagar para aceptar el piso donde vivo en herencia el dia que falte mi madre o qué trámites tendré que hacer para tener todo en orden?
    Me va a costar mucho escriturar de nuevo?
    Gracias y saludos,
    Araceli

  285. Joan Barriendos Villagrasa

    Buenas tardes:
    Como la residencia de mi madre que es la testamentaria es Barcelona, entiendo por lo leido anteriormente que es de aplicación el impuesto de sucesiones de Catalunya, tanto para mi hermano que vive en Zaragoza como para mi que vivo en Barcelona.
    De acuerdo con ello la vivienda habitual de mi madre en Barcelona tendra una desgravación del 95 % si no me equivoco. Pero la segunda residencia que tiene en Castellon de la Plana, como tributará ¿¿
    ¿ Por otra parte la Plusvalia de las dos viviendas habra que pagarla a cada uno de los ayuntamientos afectados ¿
    La vivienda habitual tiene tambien alguna reducción de la Plusvalia ¿¿
    Gracias

    1. Tributa todo con arreglo a ley de la residencia habitual del causante. Probablemente no le merezca aplicar la reducción por vivienda habitual. Los ayuntamientos pueden establecer algún beneficio fiscal, pero hay que estudiarlo en la ordenanA fiscal. Desde nuestro despacho podemos gestionarle toda la testamentaria. Un saludo

  286. Buenos dias
    En una donacion en vida de 30.000 € entre tio y sobrino que se ha de pagar y la comunidad de catalunya y si es obligatorio registrarlo ante notario.
    Gracias
    Un saludo

  287. Soy italiana, resido en Catalunya desde hace años. Hace dos años mis padres me hicieron una donación de dinero “intervivos” para la cual pague un 5% hasta 200.000€ y un 7% de los restantes 15.000 = 11.050€ en total.

    Aprendi que la donación inter vivos sale muy cara!

    Me dijeron que como resido fiscalmente aqui (y no en Italia) tenia que aplicar la normativa local.

    Bien.

    Ahora mi consulta es: en caso de fallecimiento de mis padres (en Italia), en caso de que me dejaran un patrimonio total de 600.000€ (me lo invento tirando al generoso:)):)) entre immuebles, cuentas corrientes, y terrenos, tendre que aplicar la normativa local de impuesto de sucesión catalana?

    Para heredar 600.000€ cuanto tendria que pagar a la agencia tributaria catalana?

    Una curiosidad la mia, espero que mis padres me duren per molts anys encara

    Gracias
    Anna

  288. Buenas tardes:
    Mi madre de 85 años por razones de salud se mudó de Santa Pola, Alicante, a la provincia de Barcelona donde está a temporadas en casa de sus 3 hijos.
    Ahora ha vendido su piso (que era su residencia habitual hasta cuando ella se podía valer por sí misma…) y, dado que ella tiene una pensión de unos 800 € al mes que le cubre sus gastos básicos, quiere repartir entre los 3 hijos el remanente que le quedará cuando acabe de pagar los impuestos correspondientes de plusvalia, etc… que estimamos serán unos 60.000 € en total y que tiene en una cuenta corriente.
    Por lo que he podido ver, si ahora nos lo diera como donación (20.000 € a cada hijo) tendríamos que pagar íntegramente un 5% (si lo hacemos con escritura en notario) porque no hay reducción, lo que sinceramente consideramos un abuso máxime cuando, aunque tengamos nosotros el dinero, nos hemos comprometido a aportar lo que fuera necesario a partes iguales para cubrir todos los gastos que pudiera tener mi madre en un futuro y (ojalá no sea así) si al final tuviera que ir a una residencia, por lo que no vamos a disponer ahora de ese dinero por si tocar usarlo así.
    Si, para evitar tener que pagar ese 5%, optamos por dejarlo en la cuenta de mi madre (ella es la única titular, pues uno de los hermanos está solo como autorizado), y cuando ella fallezca lo aceptamos como herencia, entonces, en ese caso, ¿sí podríamos aplicar los 100.000 € de reducción y, por tanto, el impuesto nos sería a pagar 0 € y una vez aportada la documentación correspondiente, el banco nos tendría que entregar el dinero de la c/cte sin problemas?
    ¿hay alguna otra manera de poder instrumentalizarlo para, si fuera necesario, usar algo de esos 60.000 € antes de que fallezca (por ejemplo, pagar una operación quirúrgica a uno de mis hermanos) sin tener que pagar ese 5%?
    Muchas gracias por su consejo.

  289. jose miguel lopez escudero

    jose miguel.
    tengo un piso que compre estando soltero,y ahora lo quiero poner a nombre de mi esposa,cuanto tendria que pagar,vivo en barcelona,lo compre 1973,y estamos casados 44 años,gracias.

  290. Hola quería hacer una pregunta…mi marido recibió un pago de liquidación de su trabajo cerca de 90000euros en 2008, lo tuvimos metido en el banco hasta 2016 que decidimos comprar un piso a nombre de los dos en Cádiz. Llevamos juntos 15 años, 6 como pareja de hecho y casados hace 9 años. También quiero mencionar que todos esos años hemos vivido en Barcelona, menos 2016-2018 que estuvimos viviendo en Cádiz. El hecho es que no nos hemos acostumbrado allí y vendimos el piso y nos volvimos a Barcelona. Hace años mi marido hizo un testamento antes de comprar el piso. Él de su primer matrimonio tiene 3 hijos mayores. Yo quiero saber cómo sería dividida esa cantidad del banco que está en una libreta a nombre de ambos, un coche y los muebles de la casa donde vivimos actualmente que por cierto no es nuestra. Gracias espero que puedan entender mi explicación.

  291. Hola, somos un matrimonio de 79 y 80 años, tenemos un hijo, que se divorcio legalmente en año 2011, desde este año vive con otra pareja, esa pareja tiene un hijo de 16 años que vive con ellos en el mismo domicilio y una hija sw 26 ya viviendo aparte sola, mi hijo tiene dos hijos uno de 13 y otro 15 vaya mis nietos, aunque tengo batante avanzada una simulación de herencias, en caso de falleciiento cualquiera de nuestro matrimonio, me queda varias dudas.

    primera. Mi hijo, no se en que situacion legal está en pareja con esta chica, si pareja de hecho o no se, y no me atrevo a preguntarselo por causas familiares, tenemos testamento primiero al fallece uno de nosotros todo para el conyuge y en caso de fallecer los dos todo para mi hijo, DUDA, de esta futura herencia la prejaque esta ahora con el y sus dos hijos, tendrian algun derecho sosbre la herencia dada a mi hijo?, y la otra duda.

    segunda. Ya calculo para mi hijo la posible legñitima en Cataluña que es el 25%, ahora bién, nuestra vivienda habitual en caso de fallecer uno de los dos pasaria a unos de nosostros con descuento del 95% PERO LA DUDA ES DE ESTA VIVIENDA MI HIJO TAMBIEN TENDRIA DERECHO A LA LEGITIMA, le agradeceria tal aclaracion saludos

  292. mi padre fallecio recientemente y mi madre tambien el testamento se lo dejo a mi hermano y a mi me toca la lejitima somos de catalunya mi pregunta es que parte del piso me toca si el piso se vendio uno en la misma finca por 250-000 euros y que porcentaje se paga de impuestos

  293. Hola. Señor Prado. en 1995 hice un seguro de vida y de Incapacidad Absoluta de 30.000 peseta. A mi me han dado hace unos meses una Incapacidad Absoluta. y quiero reclamar el dinero del seguro yo e estado pagando en euros desde que entro en la comunidad Europea y 30.000 pesetas al cambio del Euro no es prácticamente dinero y yo pago cada mes 85 Euros con 85 centimos. Me podría informar Gracias de antemano, y perdone mi falta de ortografía muchas gracias

  294. Hola Sr. Prados
    Mi madre tiene testamento a partes iguales para sus dos hijos, yo uno de ellos.
    Dispone de dos casas donde reside (Mataro-Barcelona) una de ellas en la que vive junto a mi hermano toda la vida y que el banco en su WEB pone como valor de mercado 296.000€ y otra en desuso tambien como valor de mercado de 211.000€.
    Tiene unos ahorros de unos 60000€.
    Seria usted tan amable de decirme mas o menos la cantidad a que deberiamos hecer frente?
    Reciba una saludacion cordial y gracias pos su informacion.

    1. Con arreglo a la legislación vigente, no deben de preocuparse mucho del impuesto de sucesiones. Si quiere un simulación, como llevaría un tiempo de trabajo, le cobraría unos honorarios. Si está interesado puede mandarme un mensaje privado

  295. Hola Luis ¿qué tal ? tengo una duda por favor, tengo un piso de herencia, al lado de Barcelona de 70 metros
    cuadrados, y es de mi propiedad, pero tengo una discapacidad del 65% y no tengo hijos , vivo con mi madre, la única familiar que cuida de mi, cobro unos 854 euros de pensión, mi madre también cobra, pero menos dinero, si ella muere, ¿cuanto dinero tengo que pagar de impuesto de sucesiones , por favor? El otro día vi en televisión que unos casi 10.000 euros, luego tengo una cuenta corriente abierta con unos 4.000 euros. Vivo en Catalunya, gracias por atenderme, saludos …

    1. Esa información creo que no es correcta, pero debe de tener en cuenta que habrá que estar a la ley vigente en el momento del fallecimiento de una persona, para poder saber exactamente lo que hay que pagar.

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